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Mis derechos y deberes
Derechos relativos a la autonomia de la voluntad

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Derecho a la libertad de decisión del o la paciente.
Se deben respetar las decisiones adoptadas por el o la paciente sobre su propia salud una vez que haya sido adecuadamente informado o informada; así mismo se debe respetar su deseo de revocar una decisión anterior. En el caso de los y las menores se respetará su decisión con el límite que marca la legislación vigente.

Consentimiento informado.
Cuando un procedimiento pueda suponer un riesgo para la salud del o la paciente, este o esta, tras ser adecuadamente informado o informada, deberá dar su consentimiento que podrá ser revocado en cualquier momento y que se hará por escrito en el caso de intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y cuando impliquen riesgos o incovenientes notorios para la salud del o la paciente.

No será necesario obtener el consentimiento informado cuando exista riesgo para la salud pública, cuando el o la paciente haya manifestado su deseo de no ser informado o informada, y cuando no se pueda obtener inmediatamente y la no actuación suponga un riesgo grave que no admita demora.

En determinados supuestos previstos en la Ley se podrá obtener el consentimiento por representación .

Derecho a negarse a recibir un tratamiento.
Si el o la paciente se niega a recibir un tratamiento el o la profesional deberá informarle de otras alternativas ; en el caso de que estas estén disponibles en el centro y el o la paciente acepte recibirlas, no se le podrá dar el alta forzosa.

Voluntades anticipadas.
El derecho de las personas a decidir en el presente sobre las actuaciones sanitarias que les puedan afectar en el futuro puede quedar recogido en el Registro de Voluntades Anticipadas de Navarra, para que sea tenido en cuenta en el supuesto de que en el momento que deban adoptar una decisión no gocen de capacidad para ello.

El contenido del documento de voluntades anticipadas puede ser modificado, ampliado, concretado o dejado sin efecto en cualquier momento y no puede ser contrario a ordenamiento jurídico, buena práctica clínica ni a la mejor evidencia científica.

Información y consentimiento en procedimientos experimentales o de investigación sanitaria.
Cuando los procesos de pronóstico, diagnósticos o terapéuticos sean de carácter experimental, se encuentren en proceso de validación científica o sean utilizados en un proyecto docente o investigador, el o la paciente debe ser adecuadamente informado.

Derechos sobre tejidos y muestras biológicas.
El o la paciente tiene derecho a disponer de las preparaciones de tejidos o muestras biológicas para recabar una segunda opinión o la continuidad asistencial en otro centro.

Gobierno de Navarra

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