Requisitos para la solicitud única

Requisitos para considerarse agricultor y agricultora activa

Estas ayudas sólo se conceden a profesionales de la agricultura y de la ganadería que tengan la condición de agricultoras o agricultores activos. Para ello deben cumplir, al menos, uno de los siguientes requisitos:

  • Afiliación como tal en la Seguridad Social por cuenta propia
  • Al menos el 25% de los ingresos proceden de la actividad agraria
  • El importe de las ayudas directas recibidas es menor o igual a 5.000 euros anuales

Condiciones de la degresividad y la limitación del pago ("capping")

  • El importe de la Ayuda básica a la renta (ABR) se reducirá progresivamente cuando la cantidad percibida supere los 60.000 euros, de acuerdo con los siguientes tramos:
    • El 25% para el tramo entre 60.000 y 75.000 euros
    • El 50% entre 75.000 y 90.000 euros
    • El 85% entre 90.000 y 100.000 euros.
    • El 100% para importes superiores a los 100.000 euros.
  • El montante de esta reducción se destinará al Pago redistributivo.
  • Se pueden descontar los costes salariales y laborales y los derivados de la contratación de empresas de servicios agrícolas. En todo caso, el importe máximo de la ABR no podrá superar los 200.000 euros.
  • En cooperativas y SAT la degresividad y el capping, el Pago redistributivo y la ayuda complementaria a jóvenes, se considerará individualmente para cada miembro titular de la explotación