Solicitud de información pública al Gobierno de Navarra

Permite solicitar información pública que obre en poder de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella

Información básica

Cualquier persona:

  • A título individual y en su propio nombre.
  • En representación y en el nombre de las organizaciones legalmente constituidas.
  • Se entiende por información pública la que obre en poder de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
  • No es necesario motivar la solicitud.
  • La copia o el cambio de formato de archivos o información puede conllevar el pago de tasas.

Pasos del procedimiento:

  • Si la solicitud de información no es precisa, se pedirá a quien la solicite que la concrete, en un plazo de diez días hábiles, y se suspende el plazo para resolver. Si no concreta su petición, se entiende que desiste de solicitar la información.
  • Si la solicitud de información afecta a derechos o intereses de terceras personas, se comunica a las y los afectados. Las y los afectados tienen quince días para formular alegaciones. Entonces se suspende el plazo para resolver. Si las y los afectados no responden, se entiende que no están conformes con que se otorgue el acceso a la información solicitada.
  • Los plazos para responder a las solicitudes están especificados en las normativas. En resumen, son los siguientes:
    • En el plazo máximo de un mes desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de la Administración o entidad competente para resolverla, con carácter general.
    • Este plazo podrá ampliarse por otro mes más, si el volumen y la complejidad de la información son tales que resulta imposible emitirla en el plazo antes indicado. En este supuesto, deberá informarse a la persona solicitante, dentro del plazo máximo de diez días, de las razones que justifican la emisión de la resolución en dicho plazo.
  • La resolución se ajustará a lo establecido en el Artículo 42 de la Ley Foral 5/2018.

En la solicitud se debe indicar:

  • Identidad de la persona solicitante.
  • Qué información se solicita (con precisión).
  • Preferencias de la forma o el formato de acceso a la información solicitada.
  • Una dirección de contacto válida a la cual puedan dirigirse las comunicaciones a propósito de la solicitud.
  • Departamento, entidad, organismo, etc. al que dirige la solicitud.

Además:

La o el solicitante puede exponer, si lo desea, las razones que motivan su petición de información.

Ley Foral 5/2018, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Tramitación

Instrucciones:

Esta tramitación se puede utilizar para solicitar información pública a través de un formulario web.

Otras formas de tramitar:

La solicitud presencial se puede realizar: 

Las solicitudes de información pública se derivarán a las diferentes unidades orgánicas encargadas de la información solicitada.

Contacto

Servicio de Gobierno Abierto y Atención a la Ciudadanía
Dirección General de Presidencia y Gobierno Abierto
Avda. Carlos III 2 - 2ª planta
31002 Pamplona/Iruña
Teléfono: 848 426 174
Correo electrónico: transparencia.gobierno.abierto@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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