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La Policía Foral se suma a una campaña de la DGT de control de drogas a conductores miércoles, 15 de mayo de 2013


El consumo de estas sustancias incrementa entre 2 y 7 veces la probabilidad de provocar o sufrir un accidente


Control de la Policía Foral

Agentes de la Policía Foral realizan un control de tráfico.

La Policía Foral se ha sumado a una campaña de control de drogas a conductores que ha puesto en marcha la Dirección General de Tráfico (DGT) con el fin de reducir los accidentes provocados por el consumo de sustancias estupefacientes. La campaña, denominada MiniDruid, se desarrollará hasta el próximo 26 de mayo con controles de drogas y de alcohol más sustancias estupefacientes en todo tipo de vías, días y horas.

Se quiere sensibilizar a los conductores, ya que el consumo de estas sustancias incrementa entre 2 y 7 veces la probabilidad de provocar o sufrir un accidente. Según el informe 2011 del Instituto Nacional de Toxicología, el 15% de los conductores fallecidos en accidente de tráfico circulaban tras haber consumido drogas. Además, un 7% había consumido alcohol y sustancias estupefacientes simultáneamente.

España es uno de los primeros consumidores de cocaína y de cannabis del mundo con una prevalencia del 4% y 10%, respectivamente. Según los controles aleatorios realizados, el 19,4% de los conductores circulaba bajo los efectos de las drogas, que dificultan la concentración, distorsionan la atención, empeoran la reacción y provocan somnolencia, agresividad en la conducción, pérdida de control y velocidad excesiva.

Los controles, incluidos en la programación de la Estrategia Navarra de Seguridad Vial, serán efectuados en Navarra por agentes de la Policía Foral y de los cuerpos de policía local de Castejón, Pamplona y Tudela. Las pruebas son obligatorias, so pena de prisión de entre seis y doce meses y la privación del derecho a conducir durante uno y cuatro años, y consisten en una prueba de saliva.

Sanciones

El Código Penal, en su artículo 379.2, establece penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 y 90 días, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de entre uno y cuatro años, por conducir bajo la influencia de estas sustancias.

Asimismo, el artículo 383 del Código Penal contempla penas de prisión de seis a doce meses y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores a motor por un período de entre uno y cuatro años para los conductores que se nieguen a someterse a estos controles.

Por su parte, el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial tipifica como infracción muy grave la conducción tras el consumo de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia ilegal de efectos análogos. La sanción prevista para estas infracciones es de una multa de 500 euros y la retirada de seis puntos en el permiso de circulación.


Nota de prensa:

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