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El Gobierno aprueba el nuevo organigrama del Departamento de Salud y del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

lunes, 28 de julio de 2003

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy la estructura orgánica del Departamento de Salud y del organismo autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, adscrito a aquél.



El Departamento de Salud tendrá una Dirección General de Salud con tres Servicios: de Asistencia Sanitaria, de Salud Pública y de Docencia, Investigación y Desarrollo Sanitarios, además de una Secretaría Técnica, adscrita a la consejera del Departamento.



La Dirección General de Salud tiene entre sus competencias, el ejercicio de la autoridad sanitaria, las funciones de ordenación e programación, inspección de las actividades de salud pública, la tutela de los derechos de los usuarios, la cooperación con entidades locales e instituciones privadas en materia sanitaria, la tramitación de la normativa sanitaria y la jefatura de los servicios que integran la Dirección General.



Se adscriben a la Dirección General, el Plan Foral de Drogodependencias y la Agencia Navarra de la Salud. Esta última unidad administrativa, de nueva creación en el organigrama de Salud, se crea para las siguientes funciones: los contratos y conciertos asistenciales con otras instituciones públicas y privadas, la adecuación de los recursos sanitarios de Navarra a los niveles de la demanda, la reducción de las listas de espera, personalización de la atención al paciente, promoción de nuevas tecnologías aplicadas al ámbito de la Salud, y, en general, servir de órgano técnico para los análisis, información y propuestas de todo aquello que pueda redundar en la mejora de la asistencia sanitaria a los ciudadanos, y registrar el grado de satisfacción de los ciudadanos que utilizar los servicios asistenciales.



El Servicio de Asistencia Sanitaria queda encargado de la planificación e inspección de la asistencia sanitaria, la acreditación de centros y servicios sanitarios, vigilancia de los regímenes de aseguramiento y cumplimiento normativo de los centros, la inspección de medicamentos y productos sanitarios y la coordinación de las actividades de asociaciones con fines sanitarios. Este servicio se articula en tres secciones: Inspección de Centros y Actividades Sanitarias; Coordinación de Asociaciones y Transplante de Órganos, y Regímenes de Aseguramiento y Evaluación.



El Servicio de Salud Pública tiene a su cargo las funciones de ordenación y vigilancia de la salud pública, inspección de centros y actividades que repercutan en la salud pública, y planificacion de programas de prevención en salud. El director de este Servicio lo será también del Instituto de Salud Pública.



El Servicio de Docencia, Investigación y Desarrollo Sanitarios, queda encargado de la formación continua de los profesionales, las ayudas a la investigación, la planificación estratégica y de objetivos del sistema sanitario, y la elaboración de estudios para el desarrollo de la actividad sanitaria. El Servicio se organiza en tres Secciones: de Docencia, de Investigación Biomédica y de Planificación y Evaluación. A este Servicio queda adscrita la Fundación Miguel Servet.



La secretaría técnica del Departamento, directamente adscrita a la Consejera, se ocupará de la gestión económica, el régimen jurídico y de inspección, y el régimen interior del Departamento.



Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea



El Gobierno ha aprobado también en su sesión de hoy la estructura orgánica del organismo autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, adscrito al Departamento de Salud y a través del cual se ejerce la asistencia sanitaria pública de Navarra en todos los niveles asistenciales.



El SNS-O tiene entre sus funciones: la promoción y educación para la salud, la atención primara y la atención especializada, la rehabilitación e reinserción, la protección de grupos específicos frente a factores de riesgo, la planificación y orientación familiar y la educación sexual, la atención a la salud mental, la prestación farmacéutica, la formación del personal sanitario, el desarrollo de programas de investigación, y la vigilancia de factores de riesgo y prevención sanitaria.



La reorganización aprobada hoy por el Gobierno en el SNS-O es la primera que se hace desde 1995.



En el nuevo organigrama se mantienen las dos referencias organizativas del SNS-O: la territorial, a través de las áreas de salud y de zonificación sanitaria, y la funcional, que diferencia la atención primaria y la atención especializada. Las novedades principales del nuevo organigrama son las siguientes:




El SNS-O tiene a la cabeza un consejo de gobierno que preside la consejera de Salud, y del que forman parte los directores generales de Salud, de Presidencia, de Economía y de Bienestar Social, además de dos representantes nombrados por la Federación Navarra de Municipios y Concejos y otros dos miembros nombrados por la consejera de Salud, y, sin voto, el director-gerente del SNS-O.


Este consejo dirige la sanidad en Navarra, aprueba los presupuestos y define los criterios de actuación del SNS-O, gestiona su patrimonio, establece contratos y convenios, controla y supervisa al director-gerente aprueba la organización de lo servicios sanitarios y los reglamentos de funcionamiento interno, así como el plan director de actuaciones del SNS-O, entre otras funciones directivas.


Gobierno de Navarra

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