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Aprobados los Estatutos del Instituto Navarro de Administración Pública

lunes, 28 de julio de 2003

El Gobierno de Navarra ha aprobado los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, que se estructura en las siguientes unidades: Servicio de Modernización y Estudios de las Administraciones Públicas, Servicio de Formación y Psicología, Servicio de Escuela de Seguridad, Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios, y Sección de Régimen Jurídico y Administrativo.



Tal como se recoge en los Estatutos, el Instituto Navarro de Administración Pública se configura como órgano técnico superior de las Administraciones Públicas de Navarra para el desarrollo de las siguientes competencias: la realización de labores de estudio, informe y asesoramiento en materia de estructura y organización de la Administración, mejora y modernización de los procedimientos y actuaciones administrativas, e introducción de nuevos instrumentos de gestión y evaluación de los recursos humanos. Asume, asimismo, la responsabilidad máxima sobre la formación, reciclaje y perfeccionamiento de los empleados de las Administraciones Públicas de Navarra.



Para el desarrollo de estas competencias, el Instituto Navarro de Administración Pública ejercerá las siguientes funciones: realizar estudios y publicaciones sobre aspectos que interesen, en general, a las Administraciones Públicas de Navarra y en materia de organización administrativa; realizar estudios en relación con los proyectos encaminados a la mejora y modernización de los procedimientos administrativos, así como a la orientación de los mismos hacia la prestación de servicios de calidad al ciudadano; actuar como órgano técnico de apoyo y colaborar con la Dirección General de Función Pública en el diseño e implantación de las políticas de recursos humanos desarrolladas para el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; fijar y desarrollar, en coordinación con la Dirección General de Función Pública, las políticas generales de formación; organizar, planificar y realizar los cursos de formación subsiguientes a las pruebas selectivas; organizar, planificar y realizar cursos teóricos y prácticos, seminarios, y cualquier otra actividad encaminada a la formación, reciclaje y perfeccionamiento de los empleados públicos; colaborar con otras unidades administrativas en la preparación de los empleados públicos del Gobierno de Navarra con vistas a su promoción profesional y personal; estudiar, en coordinación con las unidades administrativas, las condiciones y aptitudes exigibles y los métodos de selección más adecuados para el acceso a los distintos puestos de trabajo de las Administraciones Públicas de Navarra; emitir, en su caso, informes de adecuación al puesto de trabajo de los candidatos que aspiren al ingreso o a la provisión de puestos de nivel superior o equivalente, y evaluar su desempeño cuando los vengan ocupando en aplicación de procedimientos de promoción en los que se haya previsto esta evaluación; intervenir mediante programas concretos encaminados a modificar comportamientos colectivos o individuales que distorsionan la marcha de la organización de las Administraciones Públicas de Navarra en el desarrollo de sus funciones; expedir diplomas y certificados de asistencia o aprovechamiento relativos a las actividades de formación; emitir informes y certificaciones de aptitud psíquica en aquellos casos que demanden las Administraciones Públicas de Navarra; establecer intercambios de colaboración con otros organismos con funciones similares en el ámbito local, autonómico, estatal o en el extranjero y en especial con las Universidades de Navarra; diseñar, programar y ejecutar las actividades formativas de apoyo lingüístico de vascuence e idiomas de trabajo de la Unión Europea, para cubrir las necesidades de las unidades administrativas; planificar y realizar los cursos de perfeccionamiento de los empleados de las Administraciones Públicas, en vascuence e idiomas de trabajo de la Unión Europea, y realizar cuantas actividades no enumeradas contribuyan al cumplimiento de los fines del Instituto Navarro de Administración Pública.



Órganos directivos y de participación



Son órganos directivos del Instituto Navarro de Administración Pública el Consejo de Gobierno y el director gerente. Son órganos consultivos la Comisión de Formación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y la Comisión de Formación de la Escuela de Seguridad.



El Consejo de Gobierno estará integrado por los siguientes miembros: presidente, el consejero de Presidencia, Justicia e Interior; vicepresidente, el director gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, y vocales, los directores generales de Presidencia, Función Pública, Interior, Justicia, Enseñanzas Escolares y Profesionales, y Administración Local, los directores de Servicio de Formación, de Modernización y Estudios de las Administraciones Públicas de Navarra, de Escuela de Seguridad, y de Vascuence e Idiomas Comunitarios, el presidente de la Federación Navarra de Municipios y Concejos, un representante del Ayuntamiento de Pamplona, y dos representantes de las organizaciones sindicales presentes en las Mesas Generales de los ámbitos funcionarial y laboral de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos. El vocal secretario, con voz pero sin voto, será el jefe de la Sección de Régimen Jurídico y Administrativo.


Gobierno de Navarra

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