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El Gobierno amplía el sistema de extinción por compensación de determinadas deudas tributarias

lunes, 11 de agosto de 2003

El Gobierno de Navarra ha acordado en su sesión de hoy introducir ciertas modificaciones en el Decreto Foral 276/2002, de 30 de diciembre, que regula el sistema de extinción por compensación de determinadas deudas tributarias. El objeto de estas modificaciones es ampliar el número de beneficiarios que pueden acogerse a esta normativa, ya que no se exigirá un volumen mínimo de operaciones anuales para ello.


Según explica el Gobierno en el Decreto Foral aprobado hoy, el citado Decreto Foral 276/2002, de 30 de diciembre, tiene como fin el de lograr un equilibrio entre los flujos financieros de diferente signo que se producen entre la Hacienda Pública de Navarra y los contribuyentes. El decreto se dirige a sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones del año natural inmediato anterior exceda de 6.010.121.,04 euros y estén dados de alta en el registro de exportadores y otros operadores económicos.


El Gobierno ha precisado que la experiencia adquirida durante el plazo de vigencia de este Decreto, así como la positiva respuesta que ha tenido entre los sujetos pasivos que cumplen los requisitos establecidos en el mismo, aconseja ampliar su aplicación a todos los sujetos pasivos que estén dados de alta en el registro de exportadores y otros operadores económicos, independientemente de su volumen anual de operaciones.


La opción de la compensación se realizará en el modelo de declaración-liquidación mensual del IVA para grandes empresas que se presenta por vía telemática a través del Portal de Navarra (www.cfnavarra.es).


Gobierno de Navarra

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