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Nota del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda en relación con el Plan Parcial de Gorraiz

jueves, 23 de octubre de 2003

En relación con las noticias aparecidas recientemente en los medios de comunicación, sobre las actuaciones urbanísticas del Ayuntamiento del Valle de Egüés respecto al Plan Parcial de Gorraiz, el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda informa:El Ayuntamiento del Valle de Egüés y el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda han venido manteniendo continuas reuniones tendentes a llegar a un acuerdo sobre la interpretación de la Orden Foral 14/1999, que aprobó una modificación del Plan Parcial de Gorraiz y, en concreto, sobre el discutido uso que dicha modificación atribuía a la parcela S.2.2.Con anterioridad a las informaciones aparecidas en prensa sobre este asunto, y previo acuerdo con el Ayuntamiento, el Gobierno de Navarra, por Decreto Foral 626/2003, de 6 de octubre, acordó la integración de las determinaciones del Plan Parcial en el planeamiento municipal, de forma que en lo sucesivo el contenido pueda ser modificado por el Ayuntamiento de conformidad con la vigente Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. El Decreto Foral dispone que si se modifican los usos educativos se garantice la existencia de una alternativa adecuada y suficiente a criterio del Departamento de Educación.El Ayuntamiento ha informado que, en ejercicio de sus competencias y de acuerdo con el Decreto Foral 626/2003, aprobó inicialmente el pasado 15 de octubre la modificación del Plan tramitando simultáneamente varios convenios urbanísticos, la cual, entre otras determinaciones, y respetando el vigente marco legal, fijará de forma clara el futuro destino de la parcela S.2.2.Ante esta iniciativa, el Departamento entiende que pueden quedar aclaradas las diferencias interpretativas mantenidas entre ambas Administraciones, no habiendo lugar a la posible impugnación de la licencia concedida por el Ayuntamiento para la construcción de un apartotel en la parcela, que por otra parte, según informa el propio Ayuntamiento, quedará sin objeto, por renuncia del propietario, tras la aprobación definitiva de la modificación del planeamiento.



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