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El Gobierno amplía las competencias de los investigadores auxiliares de la Hacienda de Navarra

lunes, 24 de noviembre de 2003

El Gobierno ha aprobado en su sesión de hoy un decreto foral por el que se amplían las competencias de los Gestores e Investigadores Auxiliares de la Hacienda de Navarra para que puedan investigar también a sociedades cuya cifra de negocios no supere el millón de euros.



Esta ampliación de competencias de los investigadores auxiliares de Hacienda viene justificada por el hecho de que cada vez en mayor medida las empresas y las actividades profesionales tienen una forma jurídica societaria, incluso en negocios que por su escaso volumen solían corresponder a personas físicas. Esta evolución del mundo de la empresa aconseja extender las competencias de inspección y comprobación de los gestores e investigadores auxiliares de Hacienda de Navarra a entidades de reducida dimensión sujetas al Impuesto de Sociedades, y no sólo al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, como hasta ahora.



Las nuevas competencias inspectoras de los investigadores auxiliares no alcanzarán a los fondos de inversión, uniones temporales de empresas, sociedades de capital-riesgo, agrupaciones españolas y europeas de interés económico, sociedades de inversión inmobiliaria y mobiliaria, sociedades que tributen en el régimen de consolidación fiscal, sociedades de tenencia de valores extranjeros, entidades parcialmente exentas, sociedades de promoción de empresas, cooperativas, fundaciones y establecimientos permanentes.



Las nuevas atribuciones de los investigadores auxiliares se extienden a las entidades que tributen en régimen de atribución de rentas, cuando los socios o partícipes sean personas físicas, y a ciertos impuestos especiales, de fabricación, de medios de transporte, de primas de seguros, de ventas minoristas de hidrocarburos y el impuesto de actividades económicas.



El acuerdo adoptado hoy por el Gobierno autoriza también al Servicio de Inspección Tributaria para autentificar copias de documentos originales a efectos probatorios en juzgados y tribunales. Esta autorización viene justificada por la imposibilidad material de utilizar los documentos originales en procesos judiciales, lo que aconseja utilizar copias debidamente autentificadas.


Gobierno de Navarra

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