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Aprobado el proyecto de ley foral del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008

lunes, 14 de junio de 2004

El Gobierno de Navarra ha decidido aprobar y someter a la deliberación del Parlamento de Navarra el proyecto de ley foral del Plan de Infraestructuras Locales para el periodo 2005-2008, por el que el Gobierno de Navarra destinará cerca de 216,5 millones de euros para inversiones de las entidades locales.


Se parte de la base de que con este proyecto de ley se da cumplimiento a la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, que dispone en su artículo 61 que el Gobierno de Navarra establecerá, como instrumento de cooperación económica con las entidades locales, planes de inversión que garanticen la cobertura de los servicios municipales obligatorios en todo el ámbito de la Comunidad Foral. Con esta normativa se da observancia, asimismo, a la Ley Foral de Haciendas Locales, que en su artículo 123.4, se refiere, dentro de los ingresos de las entidades locales de Navarra, a su participación en los tributos de la Hacienda Pública de Navarra, señalando que la distribución de su importe se efectuará en la forma que señalen las leyes forales habilitadoras de los Planes de Inversiones.


En cumplimiento de lo anterior se han aprobado sucesivas normas, entre ellas la Ley Foral 7/2000, de 3 de julio, del Plan Trienal de Infraestructuras Locales para el período 2001-2003, que actualmente se desarrolla y ejecuta. No obstante, -y de acuerdo a la exposición de motivos- la experiencia de años anteriores ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir ciertas variaciones respecto a los planes de infraestructuras precedentes, con el fin de mejorar la gestión de estas transferencias de capital y superar la dificultad que algunos municipios o concejos experimentan por la aplicación de fórmulas que merman su acceso a las subvenciones.


De acuerdo al nuevo proyecto de ley, el Plan de Infraestructuras Locales se compone de las inversiones previstas en los siguientes apartados: planes directores, programación local, desarrollo local y plan especial.


Los llamados "Planes directores", que se recogen en el artículo 2, cuyas infraestructuras se programaron e iniciaron con los primeros Planes de Infraestructuras de 1987 a 1990, constituyen los documentos de planificación general en los que se determinan, para las materias de que son objeto (abastecimientos de agua en alta, saneamiento y depuración de ríos, y recogida y tratamiento de residuos urbanos específicos), las directrices técnicas, temporales, espaciales y financieras precisas para su aplicación. Se declaran de interés comunitario y supralocal, y su gestión corresponde a las entidades locales sin perjuicio de la necesaria coordinación por parte de los organismos apropiados del Gobierno de Navarra.


Por lo que se refiere a las inversiones denominadas de "Programación Local", incardinadas en el artículo 3, se encamina la inversión a las obras dirigidas a: abastecimientos en alta no incluidas en el Plan Director; redes urbanas de distribución de agua, entre las que se incluyen las que unen los depósitos de regulación con las acometidas domiciliarias y sus equipamientos de control y medida; redes de saneamiento, tanto las conducciones que canalizan los vertidos domiciliarios, como las aguas pluviales; la reposición de las instalaciones y pavimentaciones afectadas; electrificaciones, donde se engloban las instalaciones de transporte, transformación y distribución de energía eléctrica y alumbrado público; pavimentaciones de nuevo trazado, de mejora de las existentes o de de reposición; edificios municipales, cementerios y caminos locales, donde se encuentran las construcciones de edificios de nueva planta y las obras de reforma de las existentes destinadas a albergar las dependencias administrativa municipales y concejiles; intervenciones en cementerios, tanto en cerramientos, urbanización exterior e interior, infraestructuras y edificio complementario; y por último, pavimentación, acondicionamiento, mejora y ampliación de vías de acceso a lugares habitados y a dotaciones locales vinculadas a servicios municipales obligatorios en caminos locales.


Finalmente, las inversiones en infraestructuras denominadas de "Desarrollo Local", recogidas en el artículo 4, se dirigen a la creación de equipamientos e infraestructuras para la promoción de sectores productivos y turísticos.


Principales novedades


Este Proyecto de Ley Foral modifica, en el artículo 10, la fórmula prevista para la seleccionar y priorizar las inversiones de programación local en un doble sentido: por un lado, varía el peso de tres de los cuatro coeficientes de dicha fórmula y, por otro, se adapta el coeficiente "Rentabilidad de la inversión" (indicador de la rentabilidad de la inversión realizada por habitante, para cada entidad local), con el fin de no penalizar a los municipios de menor población.


Otra de las modificaciones fundamentales es la desaparición de los tramos, en el régimen de aportaciones del artículo 11. Anteriormente, las subvenciones a percibir podían cubrir entre el 60 y el 80% del presupuesto, requiriendo esta determinación de la aplicación de una fórmula de cálculo que tenía en cuenta la situación económica y el esfuerzo fiscal de cada ente local. Ahora, sin embargo, y tras comprobar que el estudio estadístico de las medias obtenidas se acercaba naturalmente al 70% de los presupuestos, se facilita su determinación al aplicar para todas las solicitudes este porcentaje fijo.


Junto a la facilidad y efectividad de la tramitación de expedientes se evitan, además, otras cuestiones conflictivas como las situaciones coyunturales en los estados de cuentas, ya que el cálculo del índice de subvención que se aplicaba para todo el trienio, se establecía, por ley, de acuerdo a las cuentas del un ejercicio concreto.


Finalmente, este proyecto de ley simplifica también el procedimiento, recogido en los artículos 12 a 15, desapareciendo las anteriores fases de inclusiones inicial, provisional y definitiva, así como gran parte de la documentación exigida para tramitar las inclusiones en el Plan.


Gobierno de Navarra

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