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El Gobierno de Navarra recuerda los derechos de los consumidores ante el inicio de las rebajas de verano

martes, 29 de junio de 2004

Ante el inicio el próximo jueves 1 de julio de las rebajas de verano en Navarra, que se prolongarán hasta el 31 de agosto, la Dirección General de Industria y Comercio del Gobierno de Navarra recuerda la legislación vigente y efectúa una serie de recomendaciones a los consumidores.


Las rebajas de verano comienzan este año 15 días antes que en anteriores campañas.

Cabe recordar que en este año 2004 el inicio de las rebajas estivales se adelanta en Navarra al 1 de julio, quince días antes que en anteriores campañas. De esta manera, el Departamento pretende evitar la evasión de gasto comercial a otras comunidades autónomas limítrofes que se producía por el retraso del inicio de las rebajas en la Comunidad Foral.

La Orden Foral que regula el periodo de rebajas 2004 en Navarra señala que la temporada estival de rebajas comienza el día 1 de julio y finaliza el 31 de agosto. Dentro de esta temporada, la duración mínima de las rebajas por parte de los establecimientos será de una semana y la máxima, de dos meses. Las fechas elegidas por cada comerciante deberán exhibirse en los establecimientos, de forma visible y legible desde el exterior, incluso cuando permanezcan cerrados.


Las rebajas son la venta de artículos a un precio inferior al que han sido ofertados anteriormente. Es decir, los productos rebajados han tenido que estar a la venta antes de reducirse su precio y, además, haberlo estado durante un plazo mínimo de un mes en la oferta habitual, anterior al período de rebajas. Se pretende así evitar la venta como rebajas de productos adquiridos expresamente con objeto de ser vendidos a precio inferior al ordinario, lo que supone una infracción grave.


Consejos


La Dirección General de Industria y Comercio del Gobierno de Navarra realiza, además, los siguientes consejos respecto a la normativa aplicable y las características de las rebajas:


Comprar sólo lo necesario. Antes de apresurarse a comprar artículos en rebajas, es aconsejable hacer una lista con los que realmente necesita. Es aconsejable fijar una cantidad máxima a gastar.


Comprar sin prisa. No dejarse influenciar por la publicidad ni por las prisas. Preferiblemente compre en establecimientos permanentes que no desaparezcan de un día a otro.


Igual calidad, menor precio. Las rebajas deben ofrecer igual calidad a menor precio. Se trata de productos que han estado a la venta durante esa temporada, no artículos deteriorados ni expuestos específicamente para la campaña de rebajas. Por lo tanto, debe exigirse un correcto estado de los productos y el etiquetado. Por tanto, las rebajas son la venta de artículos a un precio inferior al ofertado anteriormente.


Tarjetas. Los establecimientos deben ofrecer en época de rebajas los mismos servicios que el resto del año. Es decir, los consumidores pueden utilizar las tarjetas si este medio de pago es aceptado el resto del año y sin ningún tipo de cargo adicional por realizar el pago en época de rebajas.


Los mismos derechos. El ejemplo de las tarjetas es aplicable a otros derechos del consumidor vigentes a lo largo del año. Del mismo modo, el comerciante está obligado a emitir facturas o comprobantes de venta y a disponer y facilitar hojas de reclamaciones. Las condiciones de las garantías deben ser las mismas que el resto del año.


Sólo rebajas. El comercio no puede hacer durante la época de rebajas, y de forma simultánea promociones, ofertas o descuentos especiales.


Las devoluciones. Antes de pagar, hay que preguntar si admiten devoluciones. El comercio, tanto en época de rebajas como en cualquier otra, no tiene obligación de realizar devoluciones de dinero ni cambiar por otro producto, si el artículo adquirido no tiene ninguna tara o defecto y si el establecimiento no indica que realiza este servicio. Es el comerciante, quien de acuerdo con su política de empresa, decide los términos en los que en su caso se realizarán los cambios o devoluciones.


Con factura. Pedir la factura o el ticket de compra, el comerciante tiene la obligación de entregarlo. Son imprescindibles en caso de cambio o reclamación.


La garantía. Exigir garantía en aquellos artículos en los que sea preceptiva, como es el caso de material de óptica, relojería, muebles, aparatos eléctricos, etcétera.


Los vales. Los vales son una práctica comercial no regulada legalmente, aunque puede practicarse voluntariamente por el comercio como una costumbre habitual y como un servicio al consumidor. Exigir la hoja de reclamaciones en caso de surgir algún problema.

Reclamaciones. Las hojas de reclamaciones son obligatorias en cualquier época del año.

Documentación:
2906in70.doc

Gobierno de Navarra

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