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El consejero Campoy y diez alcaldes firman convenios para la creación de las Comisiones Locales de Escolarización

miércoles, 13 de octubre de 2004

El consejero de Educación del Gobierno de Navarra, Luis Campoy Zueco, y los alcaldes de Barañáin, Burlada, Elizondo, Estella, Mutilva Baja, Pamplona, Sangüesa, Tafalla, Tudela y Villava han firmado esta mañana los respectivos convenios para la creación de las comisiones locales de escolarización en cada una de estas diez localidades.


Imagen de la firma de los convenios para la creación de comisiones locales de escolarización. ( ampliar imagen )

El objetivo de estos convenios es colaborar eficazmente en el impulso de la respuesta educativa y la acogida a los alumnos que se incorporan al sistema educativo en la Comunidad Foral, propiciando y garantizando la igualdad de oportunidades y la escolarización, especialmente a los que cursan estudios en las etapas obligatorias y pertenecen a colectivos social y culturalmente desfavorecidos y a los de origen extranjero.



Los firmantes reconocen que una alta concentración del alumnado procedente de la inmigración o perteneciente a situaciones socioculturales desfavorecidas en determinados centros escolares puede dificultar la respuesta educativa de éstos.


Asimismo, expresan su deseo de que contribuir a que la elección de centro escolar por parte de las familias, especialmente las que proceden del extranjero, cuente con el asesoramiento y la información más adecuadas acerca del sistema educativo en Navarra, del proceso de escolarización y de los derechos y deberes que les corresponden al respecto.

La Comisión Local de Escolarización es una estructura constituida en localidades en las que coexisten varios centros educativos con el fin de atender y asesorar a las familias de origen extranjero que van a escolarizar a sus hijos, y contribuir a la atención equitativa y más adecuada de los mismos en los centros escolares ubicados en la localidad, propiciando la igualdad de oportunidades para el acceso y la escolarización de todos los alumnos, especialmente en los niveles obligatorios. La Comisión está abierta también a las familias que se hallan en situación socioculturalmente desfavorecida y a cualquier familia que desee información y asesoramiento previos a la escolarización de sus hijos en Educación Infantil, Primaria y Secundaria.


La actividad de la Comisión Local de Escolarización dependerá en última instancia de la Comisión de Escolarización del Departamento de Educación, que dará el carácter definitivo a la escolarización del alumnado en un centro determinado.


Funciones


Las funciones de la Comisión Local de Escolarización son las siguientes: recoger de la familia la información referente a los ámbitos educativo y social; asesorar a las familias a la hora de matricular a sus hijos; valorar los datos recogidos sobre el alumno, sobre los intereses e intenciones de los familiares, y la información relativa a la escolarización en los distintos centros de la localidad, y formular una propuesta de escolarización en un centro de la localidad acorde con los intereses de la familia solicitante; colaborar para que todos los centros contribuyan, de acuerdo con los deseos del alumnado y de sus padres, a la escolarización adecuada y equitativa entre los mismos de los alumnos inmigrantes que soliciten sus servicios; informar de la propuesta de escolarización a la familia, al centro educativo asignado y a la Comisión de Escolarización del Departamento de Educación, y realizar el seguimiento de la inscripción.


En las intervenciones de la Comisión Local de Escolarización se contemplará y se hará constar a los usuarios, de forma clara, el derecho de los padres a la libre elección de centro y del tipo de educación, garantizado por la Constitución Española.


La Comisión Local de Escolarización estará integrada por el alcalde de la localidad o persona en quien delegue, que ejercerá como presidente; un representante de la administración local, preferentemente un especialista en trabajo social o con dedicación al ámbito educativo; un representante de cada centro de la localidad, preferentemente los directores o, en delegación, un especialista en orientación escolar (en Pamplona serán tres representantes de la red pública y otros tres de la concertada), y dos miembros elegidos entre las organizaciones sindicales con mayor representación en el sistema educativo de Navarra, uno de la enseñanza pública y otro de la concertada en caso de que haya centros concertados (si no hay centros concertados, los dos representantes sindicales serán de la enseñanza pública).


Una vez constituida, la Comisión Local de Escolarización acordará en sesión de trabajo conjunto los criterios que han de regir su organización y funcionamiento. A la Comisión de Escolarización del Departamento de Educación le compete la supervisión de la actividad de las comisiones locales.


La Comisión Local de Escolarización será asimismo ámbito de coordinación de las distintas instancias implicadas en su demarcación territorial y, en su caso, podrá solicitar la colaboración de entidades e instituciones que presten servicios de interpretación y mediación, o de otras instancias que acompañen y asesoren a los interesados en el proceso de incorporación al sistema educativo, en colaboración con familias y centros escolares.


Una vez creada la Comisión Local en cada localidad, informará a los ciudadanos de la localidad sobre su organización, objetivos y funcionamiento con antelación suficiente a su puesta en marcha.


El Departamento de Educación convocará en junio, antes de concluir cada curso escolar, a todas las comisiones locales de escolarización para que éstas contrasten su funcionamiento y coordinen sus propuestas de mejora.



Gobierno de Navarra

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