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Aprobadas determinados aumentos retributivos para empleados públicos pactados con los sindicatos para los años 2004 y 2005

lunes, 18 de octubre de 2004

El Gobierno de Navarra, en su sesión de esta mañana, ha aprobado por decreto foral varios de los aumentos retributivos que se pactaron el pasado mes de junio con los sindicatos CCOO, Afapna y UGT para los empleados públicos (acuerdo de la función pública para 2004 y 2005).


Más concretamente, los aumentos retributivos (los referidos a 2004 se entienden con carácter retroactivo desde 1 de enero) afectan a tres grupos de empleados públicos:


1. Se asigna un complemento de puesto de trabajo del 1% del sueldo inicial de su respectivo nivel en el año 2004 y de otro 1% adicional en el año 2005, o se incrementa en dicho porcentaje el que ya tuvieran asignado, a los puestos de trabajo encuadrados en los niveles A y B.


2. Se incrementa en un 4% del sueldo inicial del nivel B en el año 2004 y otro 4% adicional en el año 2005 en el complemento de puesto de trabajo que tienen asignado los puestos de trabajo de Asistente Social, Educador Social, Psicomotricista y Trabajador Social.


3. Se asigna un complemento de puesto de trabajo del 2% del sueldo inicial de su respectivo nivel en el año 2004 y de otro 2% adicional en el año 2005, o se incrementa en dicho porcentaje el que ya tuvieran asignado, a los puestos de trabajo encuadrados en los niveles C, D y E, incremento que no se aplicará a aquellos puestos de trabajo que tengan asignado el complemento de dedicación exclusiva.


Cabe indicar que, como se recogía en el acuerdo firmado con la mayoría sindical, los incrementos retributivos previstos en el presente decreto foral no se aplicarán a:


- personal que desempeñe puestos de dirección o jefatura reservados a personal funcionario, el cual mantendrá las retribuciones actualmente establecidas (el personal que acceda a partir de su entrada en vigor a estos puestos de dirección o jefatura percibirá las retribuciones establecidas actualmente para los referidos puestos, teniendo en cuenta su nombramiento y las normas y criterios establecidos al respecto en la plantilla orgánica).


- los puestos de trabajo que tengan asignado el complemento de dedicación exclusiva, así como aquellos que tengan asignados simultáneamente el complemento de incompatibilidad y un complemento de puesto de trabajo.


- los policías forales, los bomberos y el personal sanitario.


Gobierno de Navarra

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