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Aprobado el texto de un convenio de colaboración para la formación a través de Internet

lunes, 22 de noviembre de 2004

El Gobierno de Navarra ha aprobado el texto del Convenio de Colaboración a suscribir con el Ministerio de Educación y Ciencia para la participación en el proyecto "Aulas Mentor" de formación abierta, libre y a través de Internet. El convenio será remitido al Parlamento de Navarra para su autorización y, tras ésta, se autoriza al consejero de Educación para ala firma.


Con el desarrollo de "Aula Mentor" en la Comunidad Foral se pretende extender la formación no reglada y de adultos a través de Internet, por medio de cursos con asistencia tutorial telemática. Para ello, el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra establecerá o mantendrá operativa una red de Aulas Mentor en centros educativos de carácter público, dotando a las mismas con equipamiento y de comunicaciones para facilitar el acceso de alumnos adultos a los cursos Mentor de formación a través de Internet.


El Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia facilitará el acceso de los alumnos adscritos a estas aulas –tanto a los asistentes presencialmente a las mismas como a los que sigan los cursos desde sus domicilios- a los servidores del Programa, proporcionando cuentas de acceso, correo electrónico, espacio web y recursos en línea. Asimismo, seleccionará y formará a los tutores de los cursos y formará a los administradores de las aulas.


El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra garantizará la operatividad de las Aulas Mentor y la asistencia a los alumnos en sus comunicaciones telemáticas dotando a las aulas de un administrador. En las aulas dependientes de las entidades locales, el administrador será nombrado y contratado por éstas.


Ambas administraciones colaborarán en la formación de los responsables de aula. El Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia será responsable de los contenidos y materiales de formación y el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra asegurará la asistencia de los participantes. La certificación del aprendizaje de los alumnos se realizará de forma conjunta entre ambas instituciones, que se comprometen al intercambio de materiales didácticos.


El Gobierno de Navarra gestionará el pago de los tutores telemáticos de los cursos Mentor correspondientes a los alumnos que se matriculen en los centros de la Comunidad Foral. Estos gastos se financiarán con un porcentaje de la cantidad que abonan los alumnos, y el resto se destina a gastos de funcionamiento. La cuantía de esta cantidad y del porcentaje que sobre la misma se destina al pago de tutores se establece cada curso por consenso entre el Ministerio y las Comunidades Autónomas, teniendo presente que la remuneración de cada tutor está en función del número de alumnos matriculados que atiende y del porcentaje de la matrícula destinado a su remuneración.


El Gobierno de Navarra no abonará como pago a tutores más del porcentaje acordado sobre lo efectivamente recaudado. A tal efecto, se remitirá al MEC la relación de alumnos matriculados en cada momento.


El Ministerio de Educación y Ciencia comunicará bimestralmente al Departamento de Educación los gastos correspondientes a los tutores que atiendan a alumnos matriculados en centros de la Comunidad Foral. La Administración navarra abonará dichos débitos directamente a los tutores. A estos efectos el Departamento de Educación habilitará una partida de ingresos y una partida de gastos en los Presupuestos Generales de Navarra del ejercicio de que se trate para la generación de crédito por este concepto. La Comunidad Foral se hará cargo de sus propios profesores que actúen como administradores de aula y de su formación.


Se realizarán acciones conjuntas para la participación tanto en proyectos nacionales como internacionales que fomenten la utilización e investiguen sobre las estrategias de uso de las tecnologías de la información y la comunicación en las aulas.


El seguimiento y la interpretación del convenio se llevará a cabo a través de una comisión formada por dos representantes de la Administración Central del Estado, uno de ellos representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Foral y el otro nombrado por la Secretaría General de Educación y Formación Profesional del Ministerio de Educación y Ciencia, y dos representantes del Departamento de Educación nombrados por el director general de Enseñanzas Escolares y Profesionales. Esta comisión se reunirá como mínimo dos veces al año y la presidencia de la misma será a petición de las partes.


El convenio surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004, renovándose automáticamente si no se denuncia por alguna de las partes. Podrán suscribirse anexos anuales que incluyan matizaciones o concreten las acciones objeto del convenio.


Gobierno de Navarra

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