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La Dirección General de Industria y Comercio recuerda los derechos del consumidor ante el inicio de las rebajas de invierno

martes, 04 de enero de 2005

La Dirección General de Industria y Comercio del Gobierno de Navarra, ante el inicio de la temporada de rebajas de invierno, que comienza el 7 de enero y concluye el 6 de marzo, recuerda la legislación vigente y efectúa una serie de recomendaciones a los consumidores.


La temporada invernal de rebajas comienza el día 7 de enero y finaliza el 6 de marzo. Dentro de esta temporada, la duración mínima de las rebajas por parte de los establecimientos será de una semana y la máxima, de dos meses. Las fechas elegidas por cada comerciante deberán exhibirse en los establecimientos, de forma visible y legible desde el exterior, incluso cuando permanezcan cerrados.


Las rebajas son la venta de artículos a un precio inferior al que han sido ofertados anteriormente. Es decir, los productos rebajados han tenido que estar a la venta antes de reducirse su precio y, además, haberlo estado durante un plazo mínimo de un mes en la oferta habitual, anterior al período de rebajas.


Se pretende así evitar la venta como rebajas de productos adquiridos expresamente con objeto de ser vendidos a precio inferior al ordinario, lo que supone una infracción grave.


Consejos


La Dirección General de Industria y Comercio del Gobierno de Navarra realiza, además, los siguientes consejos respecto a la normativa aplicable y las características de las rebajas:


Comprar sólo lo necesario. Antes de apresurarse a comprar artículos en rebajas, es aconsejable hacer una lista con los que realmente necesita. Es aconsejable fijar una cantidad máxima a gastar.


Comprar sin prisa. No dejarse influenciar por la publicidad ni por las prisas. Preferiblemente compre en establecimientos permanentes que no desaparezcan de un día a otro.


Igual calidad, menor precio. Las rebajas deben ofrecer igual calidad a menor precio. Se trata de productos que han estado a la venta durante esa temporada, no artículos deteriorados ni expuestos específicamente para la campaña de rebajas. Por lo tanto, debe exigirse un correcto estado de los productos y el etiquetado. Por tanto, las rebajas son la venta de artículos a un precio inferior al ofertado anteriormente.


Tarjetas. Los establecimientos deben ofrecer en época de rebajas los mismos servicios que el resto del año. Es decir, los consumidores pueden utilizar las tarjetas si este medio de pago es aceptado el resto del año y sin ningún tipo de cargo adicional por realizar el pago en época de rebajas.


Los mismos derechos. El ejemplo de las tarjetas es aplicable a otros derechos del consumidor vigentes a lo largo del año. Del mismo modo, el comerciante está obligado a emitir facturas o comprobantes de venta y a disponer y facilitar hojas de reclamaciones. Las condiciones de las garantías deben ser las mismas que el resto del año.


Sólo rebajas. El comercio no puede hacer durante la época de rebajas, y de forma simultánea promociones, ofertas o descuentos especiales.


Las devoluciones. Antes de pagar, hay que preguntar si admiten devoluciones. El comercio, tanto en época de rebajas como en cualquier otra, no tiene obligación de realizar devoluciones de dinero ni cambiar por otro producto, si el artículo adquirido no tiene ninguna tara o defecto y si el establecimiento no indica que realiza este servicio. Es el comerciante, quien de acuerdo con su política de empresa, decide los términos en los que en su caso se realizarán los cambios o devoluciones.


Con factura. Pedir la factura o el ticket de compra, el comerciante tiene la obligación de entregarlo. Son imprescindibles en caso de cambio o reclamación.


La garantía. Exigir garantía en aquellos artículos en los que sea preceptiva, como es el caso de material de óptica, relojería, muebles, aparatos eléctricos, etcétera.


Los vales. Los vales son una práctica comercial no regulada legalmente, aunque puede practicarse voluntariamente por el comercio como una costumbre habitual y como un servicio al consumidor. Exigir la hoja de reclamaciones en caso de surgir algún problema.


Reclamaciones. Las hojas de reclamaciones son obligatorias en cualquier época del año.


La Dirección General de Industria y Comercio del Gobierno de Navarra, a fin de garantizar el cumplimiento de las normas marcadas para las rebajas, recuerda que se han establecido sanciones para aquellos establecimientos que las incumplan, que pueden ser leves o graves, con multas de hasta 15.000 euros. Las sanciones leves conllevan apercibimiento o multa de hasta 3.000 euros. Este es el caso de realizar ventas en rebajas fuera de los periodos autorizados, o de efectuar un mal marcado de precios y no cumplir las normas. Algunos tipos de infracciones graves son ofrecer como rebajados artículos defectuosos o adquiridos expresamente con tal finalidad.


Ofertas comerciales


La Dirección General de Industria y Comercio del Gobierno de Navarra señala la conveniencia de que el consumidor sepa distinguir entre los diferentes reclamos del marketing comercial, como son por ejemplo los saldos o restos, las liquidaciones, las promociones u ofertas y las rebajas, ya que las condiciones son distintas en cada caso.


Los saldos o restos se refieren a la venta de artículos deteriorados o que ya están en desuso. El comerciante debe advertir al consumidor de los defectos o características de los objetos saldados para que el consumidor sepa en qué condiciones adquiere el producto.


Las liquidaciones, por su parte, son ventas realizadas por circunstancias determinadas como el cese total o parcial del negocio (en este último caso, debe indicarse la clase de mercancía objeto de liquidación), transformación de la empresa, cambio de ramo de comercio, cambio de local, realización de obras importantes que hagan necesario disminuir el stock del comercio, siniestro, etcétera.


En este caso, el consumidor debe tener en cuenta que no podrán ser objeto de liquidación los productos que no forman parte de las existencias del establecimiento o los que han sido adquiridos con objeto de incluirlos en la liquidación; que los anuncios que haga el establecimiento deben dejar clara la causa de la liquidación; y que la duración máxima es de 3 meses y en el caso de deberse a una cesación total de la actividad, 1 año.


Para el empresario también implica una serie de obligaciones, ya que en los 3 años siguientes a la finalización de la venta por liquidación no podrá ejercer el comercio en la misma localidad sobre productos similares a los de la liquidación, y tampoco podrá ejercer una nueva liquidación en el mismo establecimiento. Todo esto pretende evitar que las liquidaciones sean la base de su negocio, dejando por tanto de ser una forma de "deshacerse" de productos que son, en alguna medida, molestos para la empresa.


Las promociones u ofertas se refieren a la venta de artículos normales a un precio inferior o en condiciones más favorables de las normales con el fin de potenciar la venta de ciertos productos o el desarrollo de uno o varios comercios o establecimientos.


El consumidor debe saber que los productos en promoción no podrán ser deteriorados o de peor calidad que los mismos productos que vayan a ser objeto de futura oferta ordinaria a precio normal y que está prohibida la existencia de ofertas conjuntas, es decir, que no se puede ofrecer conjuntamente, y como una unidad de contratación, dos o más clases o unidades de artículos.


Gobierno de Navarra

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