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Fijado en el 3,024% el tipo de interés aplicable a los acuerdos suscritos con entidades financieras en materia de vivienda protegida en los años 1995 y 1996

lunes, 21 de febrero de 2005

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy sendos Decretos Forales por los que se fija en el 3,024% el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados acogidos a los acuerdos de colaboración con entidades financieras para la financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda en los años 1995 y 1996.


Cabe recordar que el Decreto Foral 47/1995 de 13 de febrero, que reguló las condiciones de los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda acogidos a los acuerdos de colaboración firmados en 1995, estableció que el tipo de interés efectivo anual (TAE) correspondiente a los citados préstamos sería revisado cada cinco años a partir del primer trimestre de 2000 y hasta la amortización de los préstamos.


Por su parte, el Decreto Foral 185/96 de 15 de abril, que reguló las condiciones de los préstamos cualificados para actuaciones protegibles en materia de vivienda acogidos a los acuerdos de colaboración firmados en 1996, estableció que el tipo de interés efectivo anual (TAE) correspondiente a los citados préstamos sería revisado cada tres años a partir del primer trimestre de 1999 y hasta la amortización de los préstamos.


En ambos casos, el nuevo tipo revisado será de aplicación a los préstamos cualificados vivos y tendrá efecto desde el 1 de marzo de 2005. El Decreto señala que en ningún caso las entidades financieras podrán aplicar un tipo anual efectivo superior, con independencia de la periodicidad de los vencimientos de pago que realmente se apliquen.


Asimismo, cuando el tipo efectivo revisado resultara inferior al tipo subsidiado correspondiente al prestatario, únicamente será de aplicación el primero de ambos tipos de interés efectivo.


Gobierno de Navarra

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