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El Gobierno de Navarra presenta el proyecto de Ley Foral de Atención Integral al Menor

jueves, 19 de mayo de 2005

El Gobierno de Navarra aprobó en fechas recientes el proyecto de Ley Foral de Atención Integral al Menor, que será remitido al Parlamento de Navarra, y que establece el marco jurídico de protección y la atención integral de este sector de la población. El contenido completo de este texto ha sido presentado hoy en rueda de prensa por el consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, José Ignacio Palacios, y por la directora general de Familia, Loren Albéniz Ascorbe.


Proyecto de Ley Foral de Atención Integral al Menor

Este proyecto garantiza el ejercicio de los derechos y la defensa de los intereses de las y los menores.

Además de asegurar la atención integral a los y las menores en el ámbito de la Comunidad foral, estableciendo el marco jurídico de protección, el proyecto desarrolla las medidas y actuaciones administrativas de prevención y promoción, y la intervención de orientación e inserción con respecto a las y los menores sujetos al sistema de reforma en el marco de la ejecución de las medidas impuestas por los órganos jurisdiccionales, garantizando el ejercicio de sus derechos y la defensa de sus intereses, así como su desarrollo integral en los diferentes ámbitos de convivencia.


De esta forma, el proyecto de Ley Foral incluye, en primera instancia, una relación de los derechos y deberes del menor, haciendo especial hincapié en las medidas que las Administraciones Públicas de Navarra deben adoptar para garantizar, proteger y promover estos derechos y deberes. Además, detalla en su articulado actuaciones de prevención y protección de menores, estableciendo una diferenciación entre el denominado sistema de protección y el sistema de reforma de menores.

Así, en este proyecto se plasma también la distinción básica entre sistema de protección, en el que se encuadran menores que se encuentran en situación de desprotección o conflicto social, y sistema de reforma, en el que se sitúan menores que han cometido alguna infracción y que requieren la adopción de medidas de resocialización e inserción.


Entre otros aspectos que regula el proyecto se establece también un régimen sancionador, con actuaciones susceptibles de ser sancionadas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con el fin de proteger adecuadamente a los y las menores.


Marco normativo


En los últimos años se ha venido produciendo un cambio en la conciencia social sobre el papel que corresponde a los y las menores en nuestra sociedad, reconociéndoles, no sólo los derechos inherentes a toda persona, sino además, aquellos derechos derivados de la especial protección que les es debida por su propia dependencia de otras personas.


Esta nueva concepción del menor y la preocupación por dotarle de un adecuado marco jurídico de protección ha sido reconocida por diversas instituciones internacionales, entre los que destacan por su trascendencia la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que marca el inicio real de esta nueva filosofía en relación con el menor y, en el ámbito europeo, la Resolución A3-0172/92 del Parlamento Europeo, que aprobó la Carta Europea de los Derechos del Niño.


En nuestro país, la Constitución Española establece en su artículo 39, la obligación de todos los poderes públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y, dentro de ésta, la protección integral de los y las menores como uno de los principios rectores de la política social y económica,


Posteriormente, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, supuso no sólo una reforma profunda de las tradicionales instituciones de protección del menor reguladas en el Código Civil, sino la construcción de un marco jurídico que vincula a todos los poderes públicos, a las instituciones específicamente relacionadas con menores, a padres y madres y familia, y a la ciudadanía en general.


Según lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, la Comunidad foral ostenta competencia exclusiva en materia de asistencia social, política infantil y juvenil, y de instituciones y establecimientos públicos de protección y tutela de menores y de reinserción social, así como la competencia exclusiva en materia de derecho civil foral, según lo dispuesto en el artículo 48 de la citada Ley Orgánica 13/1982, de 19 de agosto.


Partiendo de este marco normativo, la Comunidad Foral de Navarra ha venido desarrollando las funciones en materia de protección y reforma de menores, habiendo acumulado una valiosa experiencia, así como llevando a cabo los programas específicos de protección de menores necesarios para la promoción y adecuada atención de los mismos en Navarra. En septiembre de 2002, el Parlamento de Navarra aprobó el Plan de Atención a la Infancia y Adolescencia en Dificultad Social en la Comunidad Foral de Navarra, uno de cuyos objetivos claves es la promulgación de una ley foral de protección del menor.


No obstante, la práctica totalidad de las instituciones implicadas en la protección de menores, así como sus profesionales, consideran conveniente la aprobación de una norma de atención integral a los menores. En ella se deben abordar, desde una perspectiva global, los problemas que afectan a uno de los colectivos más vulnerables de la sociedad, al entender que la protección de menores que impone la Constitución a los poderes públicos no alcanza sólo a las actuaciones administrativas en los supuestos de desprotección y conflicto social sino también a desarrollar políticas de bienestar que favorezcan su desarrollo integral y garanticen un nivel de vida adecuado a sus necesidades. En definitiva, se trata de recoger en un solo texto legal, todas las medidas, mecanismos y actuaciones para evitar o eliminar los riesgos que puedan afectar a la formación y desarrollo integral de menores en la sociedad navarra.


Esta perspectiva global no podría abordarse si no se asume que la responsabilidad de la atención a los menores recae tanto sobre las Administraciones Públicas como sobre la sociedad en general. Por ello, la Ley incluye las medidas y mecanismos necesarios para lograr que la actuación de cada una de ellas se realice bajo los principios de coordinación y colaboración, así como la necesaria participación social.


Proceso de elaboración del proyecto


La elaboración de este proyecto ha correspondido al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, quien inició las actuaciones necesarias en el año 2003. El primer borrador fue remitido en diciembre de 2003 a diversas organizaciones y entidades que actúan en el ámbito del menor, entre las que cabe destacar a los juzgados, Fiscalía de Navarra, Departamentos del Gobierno de Navarra, universidades, colegios profesionales, diversos ayuntamientos, sindicatos, entre otras.


Posteriormente, y acogidas muchas de las observaciones realizadas, el nuevo borrador se remitió a las Secretarías Técnicas de todos los Departamentos del Gobierno de Navarra, al Servicio de Modernización y Estudios de las Administraciones Públicas del INAP y al Servicio de Acción Legislativa y Coordinación.


Gobierno de Navarra

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