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El Tribunal Supremo desestima un recurso contra el llenado del embalse de Itoiz

miércoles, 29 de junio de 2005

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de la Coordinadora de Itoiz y del Ayuntamiento de Lónguida contra los autos de la Audiencia Nacional, dictados en el año 2002, que permitían el llenado del embalse de Itoiz hasta la cota prevista en el proyecto.


Concretamente, los citados autos determinaban la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de julio de 1997 que permitía el llenado del embalse sólo hasta el límite con las bandas de protección de las reservas naturales. Imposibilidad, que según argumentó la Audiencia Nacional en su día, venía dada por el hecho de que dichas bandas de protección ya no existían, de acuerdo con la normativa vigente: la Ley de Espacios Naturales de 1996. De esta forma, la Audiencia Nacional permitía el llenado del embalse con el volumen diseñado.


El Tribunal Supremo, en la sentencia dictada ahora, ratifica lo dispuesto por la Audiencia Nacional, rechazando por tanto los recursos, al tiempo que desestima el pago de indemnización alguna y condena a los recurrentes al pago de costas.


En sus fundamentos de derecho, el tribunal recuerda que la Ley de Espacios Naturales ha recibido pronunciamientos favorables del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En este sentido, subraya que la citada ley, que en modo alguno constituye una "regulación ad casum" no es arbitraria, sino que al igual que la normativa precedente, "responde al fin –interés general- de una mejor gestión y protección del medio ambiente".


Por todo ello, entiende que la nueva normativa ambiental no restringe derechos individuales consolidados, ni han sido lesionados preceptos constitucionales ni europeos.


"Nunca –concluye el Tribunal- se ha discutido lo que se señala en la exposición de motivos de la Ley de Espacios Naturales, que, una vez concluido y en funcionamiento el embalse, la protección más eficaz de los nidos vendrá determinada por la propia existencia de la lámina de agua del embalse".


Gobierno de Navarra

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