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Mejora el control de la legionelosis en Navarra

viernes, 19 de agosto de 2005

En 2005 se han diagnosticado cinco casos de legionelosis en Navarra, donde la evolución de la enfermedad presenta claramente dos periodos:  entre 1999 y 2002,  la incidencia sigue una tendencia creciente a consecuencia de los mejores procedimientos de diagnóstico, su progresiva implantación y la mayor vigilancia epidemiológica de la enfermedad. Entre 2002 y la actualidad, sigue una tendencia decreciente a causa de la progresiva implantación de medidas preventivas en las instalaciones de riesgo.


La legionelosis es una infección respiratoria aguda con signos de neumonía, fiebre, cefalea y mialgias. Un tercio de los casos desarrollan diarrea y vómitos, y la mitad de ellos pueden presentar confusión mental y delirio causado por la alta fiebre. La produce una bacteria ambiental –la Legionella- habitual en la flora bacteriana de aguas superficiales como lagos, ríos y embalses. Es una enfermedad que aunque puede afectar a cualquier persona, encuentra sus individuos de mayor riesgo entre los ancianos e inmunodeprimidos (los diabéticos, quienes toman corticoides, inmunosupresores o reciben quimioterapias). Es precisamente entre estas personas de mayor riesgo, y a causa de su estado previo de salud, donde la enfermedad alcanza mayores tasas de letalidad.


La legionelosis raramente afecta a personas menores de 20 años y en personas previamente sanas la letalidad es muy baja.


Aunque en el medio hídrico natural la Legionella no se presenta en concentraciones susceptibles de infectar al ser humano, pasa desde aquí a los sistemas de agua sanitaria (fría o caliente) u otros que requieren agua para su funcionamiento como las torres de refrigeración. Un mal diseño o un mantenimiento deficiente de estos sistemas favorece el estancamiento del agua y la acumulación de productos que sirven de nutrientes para la bacteria -como lodos, materia orgánica, material de corrosión - que asociada a una temperatura de entre 20ºC y 45ºC, favorece la multiplicación de la bacteria hasta concentraciones susceptibles de producir infección en el ser humano.


Este microorganismo penetra por inhalación en el aparato respiratorio de las personas. Esto es, la transmisión se realiza por medio de mecanismos que producen aerosoles, a través de los cuales la bacteria se dispersa en el aire en pequeñas gotas de agua.


Ámbito legislativo


Con el objetivo de evitar o reducir al mínimo la aparición de brotes de legionelosis, que en los últimos años se habían producido con una gran repercusión social, el Ministerio de Sanidad y Consumo estimo necesario disponer de criterios higiénico-sanitarios de prevención y control de esta enfermedad. Así surge el Real Decreto 909/2001, de 27 de julio, hoy en día derogado y sustituido por el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.


Esta legislación es de aplicación para todas aquellas instalaciones que utilicen agua, produzcan aerosoles y se encuentren ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo o instalaciones industriales.


Las instalaciones que con mayor frecuencia se encuentran contaminadas con Legionella y han sido identificadas como fuente de infección son las redes internas de los edificios de agua caliente sanitaria y las torres de refrigeración y condensadores evaporativos, tanto en centros sanitarios como en hoteles u otro tipo de edificios.


Los titulares de las instalaciones de riesgo están obligados a llevar a cabo los programas de mantenimiento periódico, las mejoras estructurales y funcionales de las instalaciones, así como al control de la calidad microbiológica y físico-química del agua, con el fin de que no representen un riesgo para la salud pública, procediendo al registro de todas las operaciones de mantenimiento realizadas.


Los titulares de torres de refrigeración y condensadores evaporativos están obligados a notificar, además, el número, características técnicas, modificaciones y el cese de la actividad de estos equipos al Censo centralizado creado en el Instituto de Salud Pública.


Los programas de mantenimiento de estas instalaciones deben contemplar la revisión y examen de todas las partes de la instalación para comprobar el estado de conservación y su correcto funcionamiento, el control de la calidad del agua para que no represente un riesgo de crecimiento de la bacteria y la limpieza y desinfección de toda la instalación para asegurar que funciona en condiciones de seguridad.


Las empresas que realicen tratamientos a terceros en las instalaciones potencialmente transmisoras de legionelosis deberán estar inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la comunidad autónoma respectiva, y el personal que supervise o realice operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de estas instalaciones deberá estar en posesión del certificado que acredite haber superado los cursos de formación autorizados por las comunidades autónomas y homologados por el Ministerio de Sanidad y Consumo. En el año 2004 en Navarra, las 4 entidades autorizadas para impartir estos cursos, realizaron un total de 8 cursos, en los que han obtenido el certificado 160 personas.


La actividad del Instituto de Salud Pública


En el año 2001, coincidiendo con la publicación del RD 909/2001, se elabora en Navarra, por el Instituto de Salud Pública, el Plan de Prevención y Control de la Legionelosis. Este contenía una serie de actividades para desarrollar únicamente en ese año y otras de prevención y control destinadas a años venideros.


Entre las primeras cabe destacar la publicación de dos folletos divulgativos dirigidos a los titulares de las instalaciones y la elaboración de un Decreto Foral de aplicación de la legislación nacional que se pública como DF 298 /2001, de 15 de octubre.


Este Decreto Foral establece como funciones propias del Instituto de Salud Pública las siguientes: la gestión del censo centralizado de torres de refrigeración y condensadores evaporativos, la gestión del registro de las empresas que realicen tratamientos frente a Legionella y la inspección sanitaria en materia de prevención y control de la legionelosis.


En el año 2004 se encontraban inscritas 623 instalaciones, de las que 203 eran condensadores evaporativos y 420 correspondían a torres de refrigeración, instaladas en un total de 267 edificios de uso colectivo y/o industrias.


En Navarra en el año 2004 existían 76 empresas autorizadas para realizar tratamientos a terceros frente a Legionella.


Se establece en dicho Plan un número de 150 inspecciones sanitarias preventivas anuales, número que se ha incrementado a lo largo de estos años, así en el año 2004 se han realizado un total de 181 inspecciones. La distribución de estas inspecciones por tipo de establecimiento visitado queda como sigue: 14 a centros sanitarios con internamiento, 2 a balnearios, 43 a centros residenciales de riesgo (tercera edad, etc..), 26 a establecimientos hoteleros, 7 a piscinas, 77 a industrias, 3 a establecimientos deportivos, 1 a establecimientos educativos y 9 a edificios de instituciones forales.


Las inspecciones preventivas incluyen una primera visita en la que se comprueban las condiciones de diseño, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones. Si en estas inspecciones se detectan deficiencias se remite un escrito informativo a los titulares de las instalaciones señalándoles los fallos y las instrucciones para su corrección. Posteriormente siempre que se imponga la adopción de medidas correctoras se realiza una visita posterior para comprobar si las medidas se han llevado a cabo.


EL Instituto de Salud Pública efectúa también el estudio y seguimiento de los brotes de legionelosis, realizando el estudio epidemiológico y el estudio ambiental correspondiente a los brotes declarados. El estudio ambiental de brote comprende la realización de una inspección sanitaria, igual a las preventivas, complementada con la toma de muestras, con el fin de determinar el foco del brote. Revisados y valorados los estudios epidemiológico y ambiental, se determinan las medidas de tratamiento necesarias que pueden ser la realización de limpiezas y desinfecciones, la corrección de defectos estructurales o la paralización total o parcial de la instalación hasta que se corrijan los defectos observados.






Gobierno de Navarra

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