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"La administración debe atender los recursos de los ciudadanos, es cuestión de buena educación", según el catedrático Francisco González

miércoles, 23 de noviembre de 2005

El ex-magistrado del Tribunal Supremo ha participado hoy en el Foro Jurídico del Instituto Navarro de Administración Pública


De izq. a dcha.: Ignacio Bandrés, Francisco González Navarro y Javier Enériz

De izq. a dcha.: Ignacio Bandrés, Francisco González Navarro y Javier Enériz ( ampliar imagen )

El Instituto Navarro de Administración Pública (INAP) ha celebrado hoy una nueva sesión de su Foro Jurídico, esta vez con la participación del catedrático de Derecho Administrativo y ex-magistrado del Tribunal Supremo Francisco González Navarro, quien ha pronunciado una conferencia titulada "El silencio administrativo en la más reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo".


Al acto, celebrado en el salón Pío Baroja del Departamento de Cultura y Turismo, han asistido más de un centenar de personas, funcionarios de las administraciones públicas de Navarra y docentes universitarios, en su mayoría.

En su intervención, el profesor González Navarro se ha basado en cuatro sentencias recientes del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional para hilvanar una teoría contraria al silencio administrativo como respuesta legal de las administraciones públicas ante el ciudadano.




Imagen de los asistentes a la conferencia

Un centenar de personas han asistido a la conferencia organizada por el INAP ( ampliar imagen )

González Navarro ha defendido que "las administraciones públicas siempre deben atender los recursos de los ciudadanos: es cuestión de buena educación", entendiendo que "atender" no significa siempre "darle la razón", sino ofrecerle una respuesta a sus recursos o peticiones. Este antiguo magistrado del Tribunal Supremo ha resumido las distintas legislaciones sobre derecho administrativo que en los últimos años han estado en vigor en España: las de 1958, 1992 y la última que data de 1999. En todos los casos, la legislación ha previsto que las administraciones públicas puedan no responder a los recursos de los ciudadanos ante sus actuaciones, estableciendo distintos plazos para ello y otorgando un valor positivo o negativo a dicho silencio administrativo.

González Navarro ha explicado que, dada la necesidad de agotar la vía administrativa para poder recurrir una resolución administrativa en la vía judicial, la gestión de dicho silencio administrativo ha sido empleada en muchas ocasiones por las administraciones públicas en detrimento del derecho de defensa de los ciudadanos ante los tribunales.





Por tanto, se ha felicitado de la jurisprudencia que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional están sentando sobre la materia vaya más allá de lo que dice el texto normativo hoy vigente y defienda el derecho de todo ciudadano a tener una respuesta expresa para su recurso y posibilitar que, si no queda satisfecho, pueda acudir a defender sus intereses ante los tribunales de justicia.


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