Ver más noticias de este día
El Gobierno modifica el Reglamento de los recursos e impugnaciones económico-administrativas
lunes, 30 de enero de 2006
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy modificaciones a los artículos 20, 40 y 52 del Reglamento del recurso de reposición y las impugnaciones económico-administrativas de la Administración de la Comunidad Foral. Estas modificaciones persiguen que las actuaciones del Tribunal Económico-Administrativo foral, dependiente del Gobierno, ganen en eficacia y agilidad mediante una racionalización del procedimiento.
Las tres modificaciones aprobadas son las siguientes:
- En el artículo 20: El Tribunal Económico-Administrativos conocerá las impugnaciones y adoptará las propuestas de resolución, que deberán ser ratificadas por el Gobierno de Navarra. Pero las resoluciones sobre suspensión de la ejecución del acto impugnado y las resoluciones del presidente del Tribunal archivando actuaciones no precisarán ratificación del Gobierno y contra ellas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo.
- En el artículo 40.6: El presidente del Tribunal resolverá no dar curso a los escritos que no se hallen firmados por el propio interesado y dispondrá el archivo de las actuaciones sin en el plazo señalado no se hubiera aportado el poder para la firma o se hubieran subsanados los defectos advertidos en el escrito.
- En el artículo 52: Se da un plazo de diez días para que el interesado de una reclamación económico-administrativa reúna, a requerimiento del secretario del Tribunal, los requisitos exigidos para la reclamación y, en caso contrario, se archivará la reclamación sin más trámite, a resolución del presidente del Tribunal.