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Convocadas ayudas para alumnos con discapacidad o permanencia prolongada en el domicilio

miércoles, 01 de marzo de 2006

El Departamento de Educación ha convocado ayudas individuales de enseñanza para alumnado con discapacidad sensorial, motora o con permanencia prolongada en su domicilio por prescripción facultativa que curse enseñanzas de régimen general en niveles de Secundaria Postobligatoria en centros educativos de Navarra durante el curso 2005-2006, con un gasto máximo de 26.000 euros.


El objeto de estas ayudas es subvencionar la contratación de profesorado especialista de refuerzo pedagógico y los gastos de transporte de los alumnos que pueda ocasionar.

Los alumnos discapacitados deberán estar en posesión del Certificado de Calificación de Minusvalía, con un grado igual o superior al 33%, correspondiente a discapacidad visual, auditiva o motora. En el caso de los alumnos con permanencia prolongada en el hogar por prescripción facultativa, deberán ser periodos superiores a treinta días, o periodos intermitentes menores por enfermedad crónica, todo ello debidamente justificado. Los beneficiarios de las ayudas deben estar cursando enseñanzas de régimen general de nivel postobligatorio, no universitario, en un centro de la Comunidad Foral, y presentar necesidades educativas especiales derivadas de su condición personal de discapacidad sensorial, motora o de permanencia prolongada en su domicilio que requieran, a juicio de los equipos del Centro de Recursos de Educación Especial (CREENA), un apoyo pedagógico extraordinario.

Las cuantías máximas de las ayudas individuales para apoyo pedagógico y transporte se determinarán en función del número de horas y en proporción al número de alumnos que las soliciten. Podrá solicitarse ayuda de transporte en caso de que los aspirantes necesiten desplazarse para recibir el apoyo pedagógico fuera de la localidad de su residencia familiar y a más de ocho kilómetros de ésta.

Las solicitudes y la documentación requerida deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Las ayudas serán adjudicadas por el director general de Enseñanzas Escolares y Profesionales a propuesta de la Comisión de Ayudas de Educación Especial, presidida por el director del Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración o persona en quien delegue.

El abono de las ayudas se realizará directamente al cabeza de familia del beneficiario, si éste es menor de edad, o al propio beneficiario si es mayor de edad, después de la resolución definitiva, previa presentación de los justificantes de pago. Estos justificantes deberán presentarse antes del 21 de junio de 2006.


Gobierno de Navarra

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