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Prorrogada la autorización para la asignación de los complementos retributivos del profesorado de la UPNA

lunes, 13 de marzo de 2006

El Gobierno de Navarra ha aprobado un Acuerdo por el que se prorroga la autorización al Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra para la asignación de los complementos retributivos por méritos individuales del profesorado, correspondiente al ejercicio de 2006.


Esta prórroga se llevará a cabo hasta que, si así fuera, se apruebe por los órganos e instituciones pertinentes una “nueva evaluación de las actividades del profesorado en la Universidad Pública de Navarra”, o se apruebe otra Ley Foral de complementos retributivos del profesorado.

Según se señala en el Acuerdo, la autorización conferida al Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra en ningún caso generará obligaciones económicas para el Gobierno de Navarra que superen las cuantías establecidas al efecto en los Presupuestos Generales de Navarra para 2006 y en el Convenio de financiación de la UPNA.

La Ley Orgánica de Universidades señala que el Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá establecer retribuciones adicionales al profesorado universitario ligadas a méritos individuales docentes, investigadores y de gestión. Asimismo, la Ley dice que, dentro de los límites que para este fin fijen las Comunidades Autónomas, el Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, podrá acordar la asignación singular e individual de dichos complementos retributivos. Se establece además que la asignación de los complementos se realizará previa valoración de los méritos por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, o por el órgano de evaluación externa que la Ley de la Comunidad Autónoma determine.

En la Comunidad Foral de Navarra se estudia actualmente el establecimiento del sistema de evaluación externo más adecuado para la valoración de la calidad y acreditación de los aspectos más relevantes del desarrollo de la Universidad Pública de Navarra, lo que requiere alcanzar una necesaria visión de conjunto, y, en consecuencia, posponer a ese momento la regulación del régimen de retribuciones complementarias del profesorado.

Según el Acuerdo, la anterior circunstancia no obsta para que, conforme a lo establecido en la Ley Foral de retribuciones del profesorado de la Universidad Pública de Navarra y en atención a lo solicitado por el Consejo Social con fecha de 27 de enero de 2006, proceda autorizar a éste para que pueda seguir asignando el citado complemento con los mismos criterios que se han venido aplicando en el año 2005.


Gobierno de Navarra

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