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El Gobierno aprueba los estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Salud Laboral

lunes, 10 de abril de 2006

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un decreto foral con los estatutos del Instituto Navarro de Salud Laboral. Este organismo autónomo, adscrito al Departamento de Salud, venía rigiéndose por el decreto foral 435/1992, de 28 de diciembre, pero, a raíz de la promulgación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, el Gobierno quedaba encargado de aprobar los estatutos definitivos de éste y otros organismos públicos.


Las materias que regulan los estatutos del Instituto Navarro de Salud Laboral, aprobados hoy por el Gobierno son los siguientes:

- El INSL está sometido a las directrices de planificación y al control del Departamento de Salud, al que corresponde la inspección de sus actividades y el nombramiento del director gerente.


- El INSL asesora en materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral, y, a estos efectos, realiza tareas de asistencia, formación, investigación, vigilancia e información y prevención. Entre sus funciones está el diseño y ejecución del Observatorio de Salud Laboral de Navarra.


- Los órganos de dirección son el consejo de gobierno y el director gerente y tiene un órgano de participación que es el Consejo Navarro de Seguridad y Salud en el Trabajo. El consejo de gobierno está presidido por el consejero de Salud y vicepresidido por los directores generales de Salud y de Trabajo, y de él forman parte las organizaciones sindicales y empresariales en la forma prevista por estos estatutos. Este órgano aprueba el anteproyecto de presupuestos y los planes de actuación, a la vez que supervisa las funciones directivas del organismo.


- El director gerente es nombrado y cesado por el Gobierno de Navarra a propuesta del consejero de Salud y asume la máxima responsabilidad del Instituto, lo representa, dirige la gestión y ejecuta los planes aprobados por el consejo de gobierno.


- El Consejo Navarro de Seguridad y Salud en el Trabajo es el órgano consultivo del Instituto y funciona en pleno y en comisiones. De él forman parte dos técnicos designados respectivamente por los Departamentos de Salud y de Trabajo del Gobierno de Navarra, cinco representantes de los sindicatos y otros cinco de las organizaciones patronales.


- El organigrama del INSL se articula en dos servicios: de Seguridad e Higiene en el Trabajo y de Salud Laboral e Investigación, más una sección de Administración bajo la dependencia del director-gerente.


- El régimen jurídico del INSL es el establecido para los organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral. Los recursos están formados por, ingresos procedentes de los Presupuestos Generales de Navarra, tasas y precios que esté autorizado a percibir por sus servicios y aportaciones voluntarias de entidades y particulares, además de los recursos extraordinarios que les atribuya el Gobierno de Navarra. 



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