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El Gobierno aprueba la convocatoria de ayudas a mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años

miércoles, 10 de mayo de 2006

El Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, ha aprobado la convocatoria de ayudas a mujeres trabajadoras con hijas e hijos menores de tres años. Así se recoge en una orden foral del consejero José Ignacio Palacios Zuasti, que se publica en el Boletín Oficial de Navarra nº 56, de hoy miércoles, 10 de marzo.


Podrán beneficiarse de estas ayudas las madres que durante el año 2005 hubiesen realizado una actividad laboral por cuenta propia o ajena, que en ese periodo de tiempo tuviesen a su cargo hijas o hijos menores de tres años, y que la renta de la unidad familiar esté dentro de los límites que se determinen.

Las ayudas que podrán recibir las madres trabajadoras con hijas e hijos menores de tres años son las siguientes:

-1.800 € anuales, a razón de 150 € al mes en que se cumplan todos los requisitos, cuando la suma de la parte general de las bases imponibles del IRPF de todos los componentes de la unidad familiar sea inferior a 26.000 €.

-1.200 € anuales, a razón de 100 € al mes en que se cumplan todos los requisitos, cuando la suma de la parte general de las bases imponibles del IRPF de todos los componentes de la unidad familiar sea igual o superior a 26.000 € e inferior a 35.000 €.

El importe total inicial de la convocatoria asciende a 1.000.000 €, que podrá ser ampliado para garantizar el pago de la ayuda prevista.

Requisitos de las solicitantes

Para tener acceso a la ayuda económica, las solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos: estar empadronada en Navarra en el año 2005; haber presentado en Navarra en 2006 la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2005; acreditar la existencia de hijos o hijas menores de tres años a su cargo, por nacimiento, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, durante el año 2005; acreditar que realiza una actividad por cuenta propia o ajena; acreditar que se encuentra dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad correspondiente y que ha trabajado durante un periodo mínimo mensual al equivalente a cinco jornadas a tiempo completo; y no superar los límites de la base imponible de la unidad familiar en el IRPF establecidos en esta convocatoria.

Las solicitudes a ayuda se dirigirán a la Dirección General de Familia y se pueden presentar desde ahora y hasta el día 30 de junio inclusive, en el registro del Instituto Navarro de Bienestar Social, o en cualquiera de los lugares establecidos en la Ley. Los impresos para la solicitud de la ayuda y la solicitud de abono por transferencia se recogerán en la DG de Familia, en los servicios sociales de base, a través de la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es (familia.Ayudas a familias) y a través del 012-Infolocal, donde también se facilita más información complementaria o se resuelven las dudas que puedan surgir.

El abono de las ayudas se efectuará en un único pago anual en la resolución de la concesión, computándose para su cálculo los meses del año 2005 en los que la solicitante ha reunido los requisitos exigidos en esta convocatoria. La ayuda será compatible con otras ayudas concedidas para esta misma finalidad por la Seguridad Social y por la DG de Familia, salvo con la ayuda por excedencias.

Documentación:
1005bs51.doc

Gobierno de Navarra

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