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Se incrementa la prima de jubilación complementaria del personal docente que solicita la jubilación anticipada

lunes, 05 de junio de 2006

El Gobierno de Navarra ha acordado aumentar la cuantía de la prima de jubilación voluntaria complementaria, prevista para el personal docente no universitario que solicite la jubilación anticipada.


Para poder percibirla será preciso que el funcionario haya estado en activo el 1 de septiembre de 1996 y haya permanecido ininterrumpidamente en las plantillas de centros docentes de la Comunidad Foral. En el caso de los funcionarios de los Cuerpos de Inspectores de Educación y de Inspectores al Servicio de la Administración educativa, no será requisito, obviamente, la adscripción a las plantillas de los centros docentes.

La fecha a que se refiere este apartado será actualizada anualmente, así como la cuantía, que aumentará en el incremento que cada año se determine para las retribuciones del personal funcionario. Esta cuantía ha quedado definida en función de la edad, los años de servicio y el cuerpo al que pertenezca el funcionario, y es la que figura en el Anexo I de este Acuerdo. (Se adjunta)

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo establece la jubilación voluntaria anticipada hasta la finalización del proceso de implantación de dicha Ley en el año 2011.

En el presente curso académico 2005/2006 han solicitado la jubilación anticipada contemplada en la LOGSE 67 funcionarios del cuerpo de maestros y 29 funcionarios del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria. Las 96 solicitudes de jubilación LOGSE suponen un coste de 1.452.395,32 euros originado por la gratificación del Estado que es anticipada por el Gobierno de Navarra y la prima de jubilación voluntaria complementaria abonada por el Gobierno de Navarra.


Gobierno de Navarra

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