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El Gobierno aprueba los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

lunes, 03 de julio de 2006

El nuevo decreto foral viene exigido por la Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral


El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea como órgano autónomo adscrito al Departamento de Salud con competencia en la gestión de la asistencia sanitaria pública de Navarra en los ámbitos de la Atención Primaria y de la Especializada.

El decreto foral aprobado hoy por el Gobierno viene exigido por Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que regula los organismos públicos de la Comunidad Foral. También lleva a cabo una regulación del Banco de Sangre de Navarra a efectos de cumplir lo exigido en el Real Decreto 1088/2005 y de las directivas de la Unión Europea sobre la materia. Los nuevos estatutos derogan la normativa que regulaba diversos aspectos de la organización y funcionamiento del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.


Entre las funciones que asigna el nuevo decreto al SNS-O están la promoción y educación para la salud, la asistencia primaria y especializada, la rehabilitación y reinserción, desarrollo de programas de protección, planificación y orientación familiar así como educación sexual, prestación de asistencia farmacéutica, formación del personal sanitario, investigación y vigilancia frente a factores de riesgo para la población.

El SNS-O se rige por un consejo de gobierno y un director-gerente, y cuenta, como órganos de participación, con los consejos de salud de área y de zona básica y las juntas de gobierno de los centros asistenciales. El máximo órgano de participación en el SNS-0 es el Consejo Navarro de Salud, cuya organización y funcionamiento está regulado por la Ley foral de Salud.

El consejo de gobierno del SNS-0 está presidido por el consejero de Salud y cuenta con los siguientes miembros: director general de Salud, como vicepresidente: los directores generales de Economía, Bienestar Social y el propio director-gerente del SNS-O, dos miembros designados por la Federación Navarra de Municipios y Concejos y dos miembros designados por el Gobierno. Este consejo dirige la sanidad en Navarra, aprueba el anteproyecto de Presupuestos del SNS-O, define sus criterios de actuación, controla al director gerente, aprueba la organización interna y el plan director de programas, así como los reglamentos de funcionamiento y régimen interior, entre otras funciones directivas y de control. 

El director-gerente lo nombra el Gobierno a propuesta del consejero de Salud, tiene el tratamiento de ilustrísima, y entre sus funciones están las que corresponden a la ejecución de los planes y acuerdos del consejo de gobierno, el impulso, dirección, coordinación y vigilancia de las actividades del SNS-O y disposición de patrimonio, así como la gestión de la Región Sanitaria de Navarra.

El SNS-O se organiza en un Servicio de Régimen Jurídico y seis direcciones: Administración y Organización, Recursos Humanos, Asistencia Especializada, Atención Primaria, Área de Salud de Tudela y Área de Salud de Estella. Cada una de estas direcciones aparece ramificada en los correspondientes servicios.

Los estatutos aprobados hoy por el Gobierno incluyen la regulación del patrimonio y el régimen de recursos humanos y de contratación del SNS-O.


Gobierno de Navarra

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