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Regulada la composición y funcionamiento del Consejo Navarro del Taxi

lunes, 25 de septiembre de 2006

El Gobierno de Navarra, en su sesión de hoy, ha aprobado un decreto foral mediante el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro del Taxi.


Dicho Consejo se constituye como el órgano de consulta y asesoramiento en materia de servicios de taxi para la Comunidad Foral, y estará adscrito al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones. Su creación estaba contemplada en el artículo 53 de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi.

Según se especifica en el decreto, formarán parte del Consejo representantes de la Administración Foral, de las entidades locales, de las asociaciones de taxistas y de las asociaciones de consumidores y usuarios y personas con movilidad reducida.

Funciones

Entre sus funciones, figuran la de ser un órgano de consulta entre las administraciones y el sector. Además, colaborará con las primeras para conseguir la mejora progresiva de las condiciones de prestación de los servicios de taxi y alcanzar así una mayor utilización por parte de los usuarios.

El Consejo también emitirá informe preceptivo en los siguientes supuestos: modificación del índice general de licencias de taxi vigente en un municipio o área territorial de prestación conjunta, aprobación de reglas para la determinación del número máximo de autorizaciones para cada municipio o área territorial, otorgamiento de las autorizaciones para la contratación de servicios de taxi por plaza con pago individual y de las autorizaciones temporales de viajeros, establecimiento de fórmulas de coordinación intermunicipal, o para la modificación del ámbito de las áreas territoriales de prestación conjunta.

Además, el Consejo podrá presentar a las administraciones competentes los informes, propuestas y sugerencias que considere adecuadas para la mejora del sector en la Comunidad Foral.

Composición y funcionamiento

El nuevo órgano estará formado por tres representantes de la Administración Foral, tres representantes de las entidades locales de Navarra, tres representantes de las asociaciones profesionales del sector del taxi más representativas de Navarra, y dos representantes de organizaciones de consumidores y usuarios, así como un representante de la entidad mayoritaria en el ámbito de personas con discapacidad usuarias de sillas de ruedas.

El Consejo estará presidido por el consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones y actuará como vicepresidente el director general de Transportes.

El órgano funcionará en pleno, aunque se podrán constituir comisiones o grupos de trabajo para la preparación de asuntos que, por su complejidad o dificultades técnicas, precisen un pormenorizado estudio.

El pleno se reunirá en sesión ordinaria, al menos una vez al año, y con carácter extraordinario, cuando así sea convocado por el Presidente o cuando lo solicite la mayoría de sus miembros.


Gobierno de Navarra

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