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Modificado el decreto foral que desarrolla la atención farmacéutica para ajustarlo a una sentencia del Supremo

lunes, 16 de octubre de 2006

La modificación exime de la presentación del documento acreditativo del derecho a la disponibilidad del local para instalar una oficina de farmacia


El Gobierno de Navarra ha aprobado hoy un decreto foral por el que se modifica el decreto foral 197/2001, de 16 de julio, en el que se establecen las normas de desarrollo en materia de Atención Farmacéutica para ajustarlas a una sentencia del Tribunal Supremo sobre los requisitos documentales para ser titular de una oficina de farmacia.

Esta sentencia del Supremo, de 16 de noviembre de 2005, consideraba demasiado rigurosa la exigencia de que solicitantes de la titularidad de una oficina de farmacia tuvieran que presentar el documento acreditativo del derecho real de disfrute y disponibilidad del local para el ejercicio de la actividad de la oficina de farmacia.

El decreto foral aprobado hoy, aunque reconoce en su preámbulo que a esta conclusión podría llegarse mediante una interpretación sistemática de las leyes de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a efectos de mayor seguridad jurídica, modifica las norma anterior, dejando los requisitos para solicitar una oficina de farmacia en la presentación del título de licenciado en Farmacia y la documentación técnica del local donde se pretende situar el establecimiento. El requisito de la titularidad del local se exime también para los casos de traslado y transmisión de las oficinas de farmacia. 


Gobierno de Navarra

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