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Aprobado el nuevo Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita aplicable en Navarra

lunes, 21 de mayo de 2007

El Gobierno ha adoptado un acuerdo por el que se aprueba el nuevo Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita aplicable en Navarra, lo que conlleva la derogación del que estaba vigente desde el año 2001.


Se da la circunstancia de que el trabajo conjunto de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Navarra y de los Colegios de Abogados y Procuradores que radican en la Comunidad Foral, así como de la experiencia adquirida, han aconsejado al Gobierno abordar diversas cuestiones que vienen motivadas principalmente por la promulgación de nuevas normas que inciden en esta materia, por las reformas de leyes procesales y por el incremento del número de casos. En este sentido, hay que destacar que el Reglamento aprobado ahora revisa la compensación de los servicios de los profesionales que deben atender la asistencia jurídica gratuita.


Desde el año 2003 la normativa preveía para los procedimientos penales la posibilidad excepcional de que fuera el propio letrado designado de oficio o el que conociera la causa, quien solicitara la asistencia jurídica gratuita siempre que no lo hiciera su representado en el plazo máximo de diez días. No obstante, la práctica aconseja (y así lo recoge el nuevo Reglamento aprobado por el Gobierno) que esta posibilidad pueda ser compartida con los procuradores designados para la representación del solicitante de justicia gratuita, pues en la generalidad de los casos, son estos profesionales los que tienen mayor facilidad para el acceso a la información requerida, lo que además constituye un componente propio de sus atribuciones. Por ello, en el nuevo Reglamento se habilita a los procuradores para que puedan emitir el correspondiente informe de notoriedad.


Por otra parte, el constante incremento de los expedientes de justicia gratuita, ha supuesto para los profesionales implicados una elevación de los costes de la gestión colegial asociada a la asistencia jurídica gratuita, situación que comporta un mayor gasto material y de personal para el sostenimiento de este servicio. Por ello, el nuevo Reglamento aborda esta cuestión actualizando las cuantías previstas para la financiación de los gastos de infraestructura relativa a la gestión colegial de la asistencia jurídica gratuita.


Otra de las novedades aportadas por el Reglamento se refiere a los talones de abogados y procuradores, que hasta ahora tenían vigencia indefinida y que en adelante, tendrán un plazo de caducidad, con lo que se pretende facilitar la gestión. Además, se establece la posibilidad de la presentación agrupada de talones para el devengo de la subvención correspondiente.


Finalmente, el Reglamento incluye cuatro Anexos: el primero que constituye un nuevo modelo de solicitud de asistencia jurídica gratuita; el segundo corresponde al modelo para rellenar los talones por parte de abogados y procuradores; el tercero fija los módulos y bases de compensación económica, y el cuarto establece los momentos y porcentajes del devengo de la subvención.



Gobierno de Navarra

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