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Fijado el tipo de interés de los préstamos cualificados para actuaciones protegibles de vivienda acogidos a los acuerdos suscritos con entidades financieras en 1993
lunes, 25 de febrero de 2008El Gobierno de Navarra ha adoptado un Acuerdo por el que se fija el tipo de interés efectivo aplicable a los préstamos cualificados para actuaciones protegibles de vivienda acogidos a los Acuerdos de Colaboración suscritos con entidades financieras en el año 1993
El tipo de interés efectivo anual sin subsidiar de los préstamos cualificados acogidos a los acuerdos de colaboración suscritos con entidades financieras en 1993 para la financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda y concedidos por las citadas entidades con anterioridad al 16 de agosto de 1993 es el 3,964%. Por su parte, el tipo de interés efectivo anual sin subsidiar de los préstamos cualificados acogidos a los acuerdos de colaboración suscritos con entidades financieras en 1993 para la financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda y concedidos por las citadas entidades con posterioridad al 16 de agosto de 1993 es el 4,197%. En ningún caso las entidades financieras podrán aplicar un tipo anual efectivo superior, con independencia de la periodicidad de los vencimientos de pago que realmente se apliquen.
Los nuevos tipos de interés efectivo serán de aplicación a los préstamos cualificados vivos, y tendrán efectos desde el 1 de marzo de 2008.
Cuando el tipo de interés efectivo revisado resultara inferior al tipo de interés subsidiado correspondiente al prestatario, únicamente será de aplicación el primero de ambos tipos de interés efectivo.