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El Gobierno acuerda personarse en el recurso de inconstitucionalidad contra dos artículos de la Ley Foral de Patrimonio de Navarra

lunes, 31 de marzo de 2008

El Gobierno de Navarra ha acordado en su sesión de hoy comparecer en el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno de España contra dos artículos de la Ley Foral 14/2007 de Patrimonio de Navarra.


Concretamente, son los artículos 15 y 16, que atribuyen a la Comunidad Foral la propiedad de los bienes inmuebles vacantes y los saldos y depósitos bancarios abandonados por fallecimiento sin herederos o ausencia de titular conocido.


El recurso fue interpuesto el 22 de enero de 2008 y la admisión a trámite fue comunicada el pasado 11 de marzo. A solicitud del presidente del Gobierno de España, se ha suspendido la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados. En la sesión de hoy, el Ejecutivo Foral también ha encomendado a la Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra la defensa y representación en el recurso.


El Gobierno de la Nación alega en su demanda que los artículos 15 y 16 de la Ley Foral del Patrimonio de Navarra están en contradicción con los artículos 17 y 18 de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, de 2003, que atribuyen tales bienes al Estado. La Administración del Estado argumenta que éste tiene competencia exclusiva en materia civil, según la Constitución Española.


Sin embargo, el Gobierno de Navarra hará constar en su defensa que el Estado se olvida que el artículo 149.1.8ª que proclama tal competencia sobre la legislación civil lo hace “sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan”. Así, el Gobierno Foral recuerda que en Navarra existe un histórico derecho foral en la materia controvertida, los bienes inmuebles vacantes, y subraya que se trata de asuntos propios del Derecho Civil, sobre el cual Navarra tiene reconocida la competencia en el artículo 48 de la Lorafna, al amparo precisamente del citado artículo de la Constitución.



Gobierno de Navarra

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