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Fijado en el 4,948% el tipo de interés para los préstamos cualificados para actuaciones de vivienda acogidos a los acuerdos de colaboración de 1997

lunes, 23 de junio de 2008

El Gobierno de Navarra ha establecido el tipo de interés efectivo anual sin subsidiar de los préstamos cualificados acogidos a los acuerdos de colaboración suscritos con entidades financieras en 1997 para la financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda en el 4,948%. En ningún caso las entidades financieras podrán aplicar un tipo anual efectivo superior, con independencia de la periodicidad de los vencimientos de pago que realmente se apliquen.


El nuevo tipo de interés efectivo será de aplicación a los préstamos cualificados vivos, y tendrá efectos desde el 1 de julio de 2008.


Cuando el tipo de interés efectivo revisado resultara inferior al tipo de interés subsidiado correspondiente al prestatario, únicamente será de aplicación el primero de ambos tipos de interés efectivo.


Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante el propio Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses. Los plazos serán contados desde el día siguiente al de la publicación del Acuerdo.



Gobierno de Navarra

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