(ir al contenido)

Logotipo navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

Herramientas para el contenido

Compártelo

  • Meneame
  • Delicious
  • Twitter
  • Google
  • Facebook

Ver más noticias de este día

Modificados algunos plazos de procedimientos tributarios y los efectos del silencio administrativo

lunes, 30 de junio de 2008

EL Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de hoy, un decreto foral por el que se modifican los plazos máximos de duración de diversos procedimientos tributarios y los efectos producidos por el silencio administrativo.


Los cambios tienen por objeto adaptarse a las modificaciones experimentadas por la normativa del Impuesto del Valor Añadido (IVA) y por la norma referida a las obligaciones de facturación, regulada por el Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo. Afectan, fundamentalmente, a las solicitudes de inclusión o baja en el registro de exportadores y otros operadores económicos y en el registro de operadores intracomunitarios. En estos casos, las solicitudes se extenderán desestimadas (es decir, con silencio negativo) si no se notifica la resolución en un plazo de tres meses. Con anterioridad, se establecía un silencio positivo en el plazo de un mes.


El objetivo de la medida es evitar posibles fraudes, intensificando el control de acceso a estos registros, ya que se habían detectado casos de empresas que querían acceder sin tener una actividad económica real y tan sólo para beneficiarse de las devoluciones del IVA.


También se modifican los plazos relativos a la aplicación del tipo reducido del IVA en determinados vehículos para minusválidos, y procedimientos relacionados con reconocimiento de derechos de determinadas entidades o establecimientos de carácter social.



Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web