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Las sociedades públicas no podrán incrementar el número de trabajadores en 2010, salvo excepciones lunes, 21 de diciembre de 2009

Se admite el aumento de la plantilla para atender necesidades derivadas de un incremento de la actividad mediante contratos temporales


El Gobierno de Navarra ha adoptado un acuerdo por el que se prorrogan para 2010 los criterios para la contratación de personal por parte de las sociedades públicas de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos. El acuerdo establece que, con carácter general, ninguna de las sociedades podrá incrementar el número de trabajadores que integren su plantilla a fecha 31 de diciembre de 2009.

Excepcionalmente, el Departamento de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, podrá autorizar la contratación de personal para la atención de necesidades sobrevenidas o motivadas en un incremento sostenido de la actividad de la sociedad, siempre que se acredite la insuficiencia de personal para hacer frente a las mismas.

Dichas contrataciones, así como las dirigidas a cubrir sustituciones, deberán ser de carácter temporal, salvo autorización expresa y motivada de la Dirección General de Patrimonio. Este criterio no será aplicable a las sociedades que se incorporen a la Corporación Pública Empresarial de Navarra S.L.U. a partir de la fecha en la que sean aprobadas las instrucciones que, en materia de personal, prevé la Ley Foral 8/2009, de 18 de junio, por la que se crea la Corporación.

Actualmente, con la Corporación Pública Empresarial de Navarra ya constituida, se está en proceso de integración de las acciones y participaciones cuya titularidad corresponde de forma directa a la Administración de la Comunidad Foral. Mientras no finalice dicho proceso, y persistiendo las circunstancias que motivaron la adopción de criterios de contratación de personal durante el año en curso, el Gobierno de Navarra ha establecido de nuevo para el año 2010 los criterios de contratación de personal por las sociedades públicas.



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