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Modificados los estatutos del organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra lunes, 11 de enero de 2010

Se unifican todas las funciones relacionadas con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en una única Dirección y en un único Servicio


El Gobierno de Navarra ha aprobado un Decreto Foral por el que se modifican los estatutos del organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, aprobados por Decreto Foral 119/2007, de 3 de septiembre, así como el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.

La modificación propuesta en los estatutos del organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra conlleva el cambio de adscripción de dos unidades orgánicas con rango de sección, así como diferentes cambios en varias unidades en cuanto a su denominación y funciones.

En la actualidad la gestión y revisión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se encuentra ubicada de manera separada en dos Direcciones. Con objeto de mejorar la eficacia en las tareas de gestión y revisión se considera necesaria la unificación de todas las funciones relacionadas con el IRPF en una única Dirección y en un único Servicio.

Concretamente, se propone la readscripción de las Secciones de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio, e Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Asimismo, se propone el cambio de la denominación del Servicio de Campaña de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio por la de Servicio de Gestión de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.

Además, se modifica el articulado afectado de los estatutos del organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra por las readscripciones y atribuciones funcionales de las unidades y órganos afectados, parta adecuarlos a la nueva jerarquía funcional.

Gobierno de Navarra

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