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La Comisión de Coordinación de Policías Locales apoya el reglamento marco de organización de estos cuerpos martes, 23 de marzo de 2010

En su reunión de hoy, presidida por el consejero Caballero, también ha informado a favor del reglamento de formación


El consejero Caballero ha presidido la Comisión de Policías Locales.

La Comisión de Coordinación de Policías Locales apoya el reglamento marco de organización de estos Cuerpos. ( ampliar imagen )

La Comisión de Coordinación de Policías Locales ha dado el visto bueno al proyecto de reglamento marco de organización de las policías locales, documento presentado por el Gobierno de Navarra que tiende a una homogeneización tanto de la estructura, composición y procedimientos de trabajo de estos Cuerpos como de los medios materiales que emplearán, incluidos los uniformes.

Por otro lado, la Comisión también ha informado favorablemente al proyecto de decreto foral por el que se aprueba el reglamento de formación de los miembros de las policías de Navarra, que también afecta a los efectivos de la Policía Foral. Este reglamento detalla los criterios de acceso a los cursos de especialización y actualización.

La Comisión de Coordinación debe dar su parecer sobre todos los proyectos de normas que afecten a las policías locales. Está presidida por el vicepresidente primero y consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez, y otros altos cargos de Interior, así como representantes de las entidades locales que poseen cuerpos de policía, a través de la Federación Navarra de Municipios y Concejos. Los proyectos hoy tratados deberán ser aprobados por el Gobierno de Navarra para su entrada en vigor.

El proyecto de reglamento marco de organización de las Policías Locales de Navarra fija una serie de parámetros comunes a todos los cuerpos. Sustituirá a uno de 1990, anterior a las leyes forales de Policías de Navarra y de Seguridad Pública. El texto constituye una norma-marco para los reglamentos locales que regularán los diferentes cuerpos policiales. También establece las directrices en materia de coordinación y cooperación policial (deber de facilitar información de manera recíproca, elaboración de los planes de seguridad, planificación por objetivos y control de resultados, etc).

Así, el reglamento detalla los requisitos para la creación de cuerpos de policía foral, sus funciones policiales, estructura básica y niveles orgánicos (área, división, brigada y grupo), composición, funciones, régimen de funcionamiento y medios materiales, entre los que figuran los uniformes. Estos deberán respetar unas normas básicas y comunes en cuanto a elementos de identificación. Entre otras novedades, además de incluir escudo oficial de la entidad local, figurará en la parte superior de la manga izquierda el de la Comunidad Foral, que acredita la pertenencia de los Cuerpos de Policía Locales y de los agentes municipales a las Policías de Navarra. A su vez, el Gobierno de Navarra elaborará un registro de policías locales y agentes de Navarra.

Número de cursos realizados y antigüedad

Por otro lado, el reglamento que regula la formación de los miembros de las Policías de Navarra establece, por primera vez, los criterios de acceso a los cursos de especialización y actualización, de manera que se adecuen a las necesidades de la organización y las plazas se adjudiquen según criterios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades, especialidad, publicidad y eficiencia.

El criterio de acceso a la formación especializada básica (necesaria y obligatoria para el desempeño de las funciones inherentes a determinados puestos de trabajo) será el de pertenencia a la unidad específica, a través de la correspondiente convocatoria pública; y para la complementaria (ampliación de cualificaciones de determinadas unidades) se tendrá en cuenta el menor número de cursos de especialización complementaria realizados y la mayor antigüedad en el puesto de trabajo. Los alumnos serán evaluados.

Respecto al acceso a la formación de actualización profesional (conocimientos, técnicas y habilidades) mediante convocatoria pública, se aplicarán los siguientes criterios: menor número de cursos de actualización realizados y mayor antigüedad en el Cuerpo de Policía al que se pertenezca. Quienes han accedido a un curso de actualización profesional pasarán a ocupar el último puesto en el orden de prelación confeccionado conforme a los criterios del apartado primero.

El reglamento aborda, además, la compensación, valoración y evaluación de los cursos. La programación y certificación de los cursos corresponde a la Escuela de Seguridad de Navarra. Los distintos Cuerpos de Policía de Navarra establecerán un registro de acciones formativas. Según ha valorado la Comisión, este reglamento, desarrollo de la Ley Foral de Policías de Navarra, constituye un elemento significativo de su carrera profesional.
Gobierno de Navarra

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