(ir al contenido)

Logotipo navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

Herramientas para el contenido

Compártelo

  • Meneame
  • Delicious
  • Twitter
  • Google
  • Facebook

contacto de esta sección

Atención Ciudadana
Tel.: 948 012012
         012*
Horario:
De 8h a 19h de lunes a viernes.
E-mail: navarra@navarra.es
*Coste de la llamada: 0'34 euros independientemente de la duración.

Ver más noticias de este día

El Gobierno de Navarra aprueba el decreto que establece los derechos y deberes del alumnado lunes, 23 de agosto de 2010

El texto, único para todos los centros, regula la convivencia en el aula y consolida la autoridad de docentes y equipos directivos


Transcripción textual del video

 El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy el Decreto Foral que concreta los derechos y deberes del alumnado y regula la convivencia en los centros educativos de la Comunidad Foral. Se trata de un texto normativo único para todos los centros públicos y concertados que imparten enseñanzas no universitarias.

Se dicta en desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) que hace referencia a la prevención de los conflictos y a su resolución pacífica, la formación para la paz, el respeto a los derechos humanos y la preparación para el ejercicio de una ciudadanía crítica y responsable.

El texto consolida la autoridad educativa de los docentes y los equipos directivos, a quienes dota de herramientas de ágil y rápida aplicación para restablecer de manera inmediata el clima adecuado en los centros escolares, e impulsa una gestión compartida y participativa de todos los agentes de la comunidad educativa en la resolución de conflictos. Asimismo, fomenta la autonomía de los centros al permitir la concreción de los aspectos decretados en el plan de convivencia escolar.

Colegio Publico de Aoiz

Aprobado el decreto que establece los derechos y deberes del alumnado.

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy el Decreto Foral que concreta los derechos y deberes del alumnado y regula la convivencia en los centros educativos de la Comunidad Foral. Se trata de un texto normativo único para todos los centros públicos y concertados que imparten enseñanzas no universitarias.

Se dicta en desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) que hace referencia a la prevención de los conflictos y a su resolución pacífica, la formación para la paz, el respeto a los derechos humanos y la preparación para el ejercicio de una ciudadanía crítica y responsable.

El texto consolida la autoridad educativa de los docentes y los equipos directivos, a quienes dota de herramientas de ágil y rápida aplicación para restablecer de manera inmediata el clima adecuado en los centros escolares, e impulsa una gestión compartida y participativa de todos los agentes de la comunidad educativa en la resolución de conflictos. Asimismo, fomenta la autonomía de los centros al permitir la concreción de los aspectos decretados en el plan de convivencia escolar.

El decreto, ampliamente demandado por la comunidad educativa, ha contado con la participación de los siguientes agentes: asociaciones de directores y directoras de centros públicos, sindicatos y asociaciones de profesorado, federaciones de asociaciones de padres y madres, asociaciones de entidades titulares de centros privados de la Comunidad Foral o el Defensor del Pueblo.

Derechos y deberes del alumnado

El Decreto Foral establece los derechos y deberes del alumnado, que son los mismos para todos, sin más distinciones que las concreciones derivadas de su edad.

Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en principios democráticos de convivencia, a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, a ser respetado o respetada, a ser valorado o valorada con objetividad, a participar en la vida del centro individual y colectivamente, a ser educado o educada en igualdad de oportunidades, a la protección de la salud y a su promoción, y a que la educación recibida incorpore los objetivos de igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

Por su parte, tienen el deber de estudiar, de respetar la labor educativa y la autoridad del profesorado y de la dirección, así como de seguir las indicaciones de otros agentes de la comunidad educativa o que presten servicios a la misma, de participar y colaborar de manera positiva en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio, de respetar a las personas, de asistir al centro educativo con la vestimenta y la higiene personal adecuadas, y de conservar y utilizar adecuadamente las instalaciones, equipamientos, mobiliario y materiales del centro, de su entorno y del transporte escolar.

Planes de convivencia

Por otro lado, el texto regula la convivencia en los centros y establece que todos deben elaborar su propio plan de convivencia. Estos planes deberán combinar la prevención con medidas aplicables en caso de que surjan problemas de disciplina. Éstas tendrán siempre un carácter educativo, independientemente del tipo de conductas contrarias a la convivencia. Entre las medidas de resolución se presentan la mediación, el aprendizaje de la resolución dialogada de los conflictos, la potenciación de la acción tutorial y la coordinación con las familias.

Los planes específicos de cada centro, que se encuentran en fase de elaboración, deberán, además, apostar por un modelo integrado de gestión de la convivencia y potenciar la participación de todos los agentes implicados en la comunidad educativa (la dirección del centro, el profesorado, el alumnado, los padres y madres, el consejo escolar y el Departamento de Educación).

En la corrección de las faltas de disciplina, se ha perseguido la inmediatez, agilizando y abreviando los procedimientos, evitando la judicialización innecesaria, y permitiendo actuar ante conductas menos graves para que no se conviertan en graves. Como novedad, aparece el procedimiento acordado, que tiene la ventaja de implicar intensamente a las familias en la corrección de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

Precisamente, la participación de las familias en el proceso educativo es uno de los aspectos relevantes del decreto. Pretende su implicación y compromiso, tanto en la mejora de la convivencia como en los casos en los que se deban reconducir determinadas conductas. Para ello, redacta los derechos de los padres, madres o representantes legales y sus responsabilidades.

Documentación:
Audio
Video

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web