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Los gobiernos de Navarra y España firman un convenio para ofertar 82 plazas de trabajo en beneficio de la comunidad
jueves, 02 de diciembre de 2010

Se coordinarán para conmutar penas de menos de dos años de prisión en colegios, institutos, parques de bomberos u hospitales


El Ministerio del Interior y el Gobierno de Navarra han firmado este jueves un convenio para el cumplimiento de penas de trabajo en beneficio de la comunidad por el que la Comunidad Foral oferta 82 plazas en distintos centros y entidades, como colegios e institutos públicos, parques de bomberos u hospitales.

Este tipo de medidas persiguen que las personas que han cometido delitos castigados con penas de hasta dos años de prisión por primera vez consigan su reinserción social de la forma menos traumática posible para ellas y sus entornos familiares y sociales, de manera que no entren en prisión, no se separen de su medio social y se reeduquen.

Según recoge el convenio, firmado para un año y prorrogable si no hay denuncia alguna por las partes, el Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, se compromete a facilitar 82 plazas a los penados a trabajos en beneficio de la comunidad, cifra que podría incrementarse si hay disponibilidad.

El Ministerio del Interior asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias correspondientes al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los penados, por los días de prestación efectiva del trabajo desarrollado en beneficio de la comunidad.

El Gobierno de Navarra, a través de los órganos o servicios habilitados para ello, se compromete a impartir los conocimientos necesarios para que la actividad desplegada por los penados pueda cumplirse eficazmente y facilitará el material para realizar el trabajo. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias asume la gestión, coordinación y seguimiento de la pena, mediante contactos con los responsables del trabajo.

El trabajo que realice el penado no será retribuido y en ningún caso se derivarán obligaciones propias de un contrato laboral como consecuencia de las desarrolladas con motivo de este convenio.

Control del cumplimiento de la pena

Durante el cumplimiento de la pena, el penado deberá seguir las instrucciones recibidas del Juez de Vigilancia Penitenciaria y de los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas. En cuanto al desarrollo de las tareas a realizar, el penado deberá seguir las instrucciones de la unidad en la que preste su trabajo, en el ámbito de actuación y competencias del correspondiente Departamento del Gobierno de Navarra.

Ese departamento informará a los Servicios de Gestión de estas penas de las incidencias relevantes que se produzcan en el desenvolvimiento de la actividad, para que por dichos servicios se comunique lo oportuno al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. Deberá informarse de las ausencias del trabajo o abandonos injustificados, un posible rendimiento sensiblemente inferior al mínimo exigible, la oposición o incumplimiento reiterado y manifiesto de las instrucciones del responsable de la ocupación o los casos en los que la conducta sea tal que el responsable del trabajo se negara a mantenerle en el puesto.


Gobierno de Navarra

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