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Aprobado un convenio con el Ministerio de Trabajo para la gestión por medios electrónicos de servicios de prevención ajenos lunes, 17 de enero de 2011

Se persigue conseguir la interconexión de los registros y la posibilidad de consulta desde cualquier punto del territorio naciona


El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un convenio de colaboración con el Ministerio de Trabajo e Inmigración, para utilizar la aplicación informática desarrollada por éste para la gestión de servicios de prevención ajenos acreditados por las comunidades autónomas.

El objetivo último es conseguir la interconexión de los registros y la posibilidad de consulta desde cualquier punto del territorio nacional, así como el adecuado empleo de la aplicación informática desarrollada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Así, mediante este convenio se busca establecer las bases necesarias para la puesta en funcionamiento de la aplicación para la base de datos general de servicios de prevención, que recoja los datos obrantes en los registro de Navarra y que permita a ésta el acceso a la información y control de los servicios de prevención.

Contenido del convenio

Entre las claúsulas del convenio, se define la obligación de la Administración de Navarra de crear un registro en el que se inscriban las entidades especializadas que hayan sido autorizadas como servicios de prevención. Dichos órganos serán los responsables de la incorporación de los datos de dicho registro a la base de datos general y de vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los servicios de prevención.

Por su parte, la Administración General del Estado se obliga a la creación, desarrollo, gestión y mantenimiento de una aplicación informática que servirá como soporte técnico de la base de datos general, en la que deberán obrar los datos que figuren en los registros de las autoridades laborales autonómicas.

La configuración de esta base de datos deberá permitir que desde cualquiera de las autoridades laborales pueda realizarse la consulta y darse acceso público a los datos incorporados en los mismos, así como la puesta a disposición de la memoria anual de los servicios de prevención.

Por otro lado, la Administración foral deberá agregar a la base de datos general los de los servicios de prevención ajenos acreditados por ellas, en el plazo de un mes desde la firma del convenio. Asimismo, vigilará que los servicios de prevención ajenos acreditados por ella suministran e incorporan los datos a que están obligados, y que éstos se mantengan permanentemente actualizados y queden incorporados automáticamente desde su registro a la base de datos general.

La Administración General del Estado deberá crear un sitio de internet a través del cual se realizará el acceso externo a la base de datos general, cuyo contenido podrá ser personalizado por la Comunidad Foral ajustándose a los requisitos de diseño establecidos para la página web creada por el Estado.

Comisión de seguimiento

Con objeto de realizar un seguimiento de la implantación, funcionamiento y gestión de los registros de empresas acreditadas, se creará una comisión de seguimiento que estará integrada por cuatro representantes del Estado y seis representantes de las comunidades autónomas.

La comisión se reunirá al menos una vez al año y siempre que lo solicite una de las partes.


Gobierno de Navarra

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