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Más de 120 profesionales asisten a una jornada sobre gestión de residuos de construcción jueves, 12 de mayo de 2011


Los técnicos del Gobierno de Navarra han explicado las obligaciones derivadas del Decreto Foral 23/2011


jornada de gestión de residuos de construcción

El director general de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza (dcha.) abre la jornada sobre gestión de residuos de construcción. ( ampliar imagen )

El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra ha celebrado esta mañana una jornada informativa sobre el marco legal y las alternativas técnicas de la gestión de residuos de construcción y demolición, en la que han participado más de 120 profesionales de empresas e instituciones concernidas en esta materia. La jornada se ha realizado con la colaboración de la Fundación CRANA y de la empresa pública Navarra de Medio Ambiente Industrial S.A. (Namainsa).

El núcleo de la jornada ha estado dirigido a informar de las obligaciones legales derivadas del Decreto Foral 23/2011 de 28 de marzo. Esta norma desarrolla y adapta en Navarra el Real Decreto 105/2008 por el que se establece el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, con el fin de fomentar, por este orden, su prevención, reutilización, reciclado y otras formas de valorización. 


jornada de gestión de residuos de construcción

Asistentes a la jornada sobre gestión de residuos de construcción. ( ampliar imagen )

Este Decreto Foral fue sometido a un amplio proceso de participación pública. En una primera fase, con carácter restringido, a las entidades locales y al sector de la construcción, y después se sometió a exposición pública para toda la ciudadanía. La norma cuenta con los informes favorables del Consejo de Navarra, el Consejo Navarro de Medio Ambiente y de la Comisión Foral de Régimen Local.

El Decreto Foral 23/2011 regula aspectos como la fianza para asegurar el cumplimiento de la norma en lo relativo a la licencia de obras, así como la exención de autorización para la valorización en la misma obra y la exención de prohibición de vertido en poblaciones aisladas, aspectos que el Real Decreto del Estado dejaba al desarrollo de las comunidades autónomas.

La nueva legislación otorga un papel relevante a las entidades locales y a las empresas gestoras de residuos. Las primeras, porque tramitan la fianza una vez realizada la correcta gestión de residuos, y las segundas porque acreditan esta gestión. La importancia de la figura del gestor ha llevado a la creación de la Asociación Española de Gestores de Residuos de Construcción y Demolición para agrupar y representar a las empresas que se dedican a esta tarea. El Decreto Foral también establece el fomento de áridos procedentes de la valorización de residuos y el itinerario de la gestión. En este sentido, las dos últimas ponencias de la jornada han ido dirigidas a los aspectos técnicos de la gestión de los residuos y a la utilización del árido reciclado en la obra pública.

Ponentes

La apertura de la jornada ha estado a cargo de Andrés Eciolaza Carballo, director general de Medio Ambiente y Agua del Gobierno de Navarra. Los aspectos técnicos del el Decreto Foral 23/2011 y las condiciones para su cumplimiento han sido expuestos, respectivamente, por, Félix Armendáriz, jefe de Régimen Jurídico de Medio Ambiente y Agua del Gobierno de Navarra, y Raúl Salanueva, jefe de la Sección de Residuos, sobre los aspectos técnicos del decreto y cómo prepararse para su cumplimiento.

En la segunda parte de la jornada, han intervenido, Santos Carballo, representante de Heraholding y delegado territorial en Navarra de la Asociación Española de Gestores Residuos de Construcción y Demolición, sobre la gestión y tratamiento de los residuos de construcción y demolición, y Aitor Sáez de Cortázar, de Ihobe, Sociedad Pública de Gestión Ambiental del Gobierno Vasco/Eusko Jaurlaritza, sobre aspectos relacionados con el árido reciclado y sus normas y promoción en obra pública.

El marco legal de la gestión de residuos de construcción

Lo contenido en el Decreto Foral 23/s es de aplicación en todas las obras de construcción, restauración o demolición que generen más de 50 kilos de residuos. Los agentes afectados por la norma son, los promotores de la obra (productores de residuos), los constructores (poseedores), las empresas de tratamientos (gestores) y los lugares donde se eliminan (vertederos). Cada uno de estos agentes tiene una serie de obligaciones:

- Los productores deben presentar un estudio de gestión que prevea la cantidad de residuos que producirá la obra y su destino, y deberán disponer de la documentación que acredite la situación de los residuos en cada fase del proceso de gestión. En las obras de menor entidad, el promotor está obligado a contratar a un constructor debidamente registrado en el nuevo Registro de constructor-poseedor, y, en las de mayor entidad, deberá contar con un constructor registrado o pagar una fianza al ayuntamiento donde vaya a realizar la obra, que le será devuelta cuando acredite la correcta gestión de los residuos. Esa fianza se calcula en función de las toneladas o metros cúbicos de residuos que se vayan a producir y va desde un mínimo de 1.000 euros a un máximo del 3% del presupuesto del proyecto.

- Los constructores deberán estar registrados en el nuevo Registro de Constructores-Poseedores de RCDs que se va a crear a tal efecto en el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. El registro conlleva el pago de una fianza a la Hacienda de Navarra de 1.000 euros para obras que no generen más de 50 metros cúbicos de residuos o de 50.000 euros para las que superen ese volumen. Las actividades de los gestores deberán realizarse en instalaciones que cumplan con los requisitos técnicos establecidos en el Decreto Foral, para lo que se da un plazo de seis meses para la adaptación de las instalaciones.

- Los gestores de residuos tienen como función el tratamiento de éstos con el fin de revalorizarlos de acuerdo con una normativa técnica que establece las condiciones que debe cumplir el material reciclado para su reutilización. Los gestores no podrán eliminar los residuos en los vertederos de construcción sin tratamiento previo, lo que implica que, primero, habrán de hacer una separación de los residuos peligrosos, y los no peligrosos deberán ser vertidos después de su molienda para que provoquen el menor impacto posible.

 


Nota de prensa:

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Documentación:
Programa de la Jornada
Gobierno de Navarra

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