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Hacienda de Navarra facilitará el crédito a empresas y contribuyentes teniendo como garantía la devolución de impuestos jueves, 15 de diciembre de 2011


Para desarrollar este sistema único y pionero en España firmará un convenio con 8 entidades financieras


Transcripción textual del video

El vicepresidente segundo y consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, Álvaro Miranda, ha explicado esta mañana el convenio que se va a firmar el próximo lunes, 19 de diciembre, con 8 entidades financieras con el objetivo de que las empresas y contribuyentes puedan utilizar las devoluciones pendientes de impuestos para obtener créditos de circulante. El vicepresidente Miranda ha estado acompañado por el presidente de la Confederación de Empresarios de Navarra, José Antonio Sarría.

El vicepresidente segundo y consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, Álvaro Miranda, ha explicado esta mañana el convenio que se va a firmar el próximo lunes, 19 de diciembre, con 8 entidades financieras con el objetivo de que las empresas y contribuyentes puedan utilizar las devoluciones pendientes de impuestos para obtener créditos de circulante. El vicepresidente Miranda ha estado acompañado por el presidente de la Confederación de Empresarios de Navarra, José Antonio Sarría.

Alvaro Miranda ha explicado que se trata de un nuevo procedimiento, único y pionero en España, para facilitar crédito a las empresas y particulares teniendo como garantía ante las entidades financieras la devolución de impuestos (IVA, Impuesto de Sociedades e IRPF) por parte de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Las entidades que firmarán el Convenio con el Gobierno de Navarra son: Banca Cívica, Caja Rural de Navarra, Caja Laboral, La Caixa, Banco Popular, BBVA, Banco Santander y Banco Sabadell.

Procedimiento

El procedimiento a seguir será el siguiente:

- El contribuyente, una vez tramitada la declaración del Impuesto con solicitud de devolución, solicita telemáticamente a la Hacienda Tributaria de Navarra la emisión de un certificado en el que se acredite el importe de ese futuro crédito.

- La Hacienda Tributaria de Navarra emitirá un certificado on line indicando de qué impuesto se trata, periodo, año y fecha del fin de plazo de la devolución. También indicará determinadas circunstancias relativas al contribuyente (que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, que no es objeto de ningún expediente de comprobación e investigación por la Inspección Tributaria y que no tiene liquidaciones pendientes de notificar, así como que a esa fecha no constan solicitudes de embargo).

- El contribuyente acudirá con el certificado a alguna de las entidades financieras que hayan suscrito el Convenio y negociará con ella el crédito con la garantía de devolución del impuesto.

- En el reverso del certificado el contribuyente y la entidad financiera harán constar la cesión del crédito futuro que surja del saldo a favor del contribuyente con indicación expresa de la cuenta bancaria en la que debe domiciliarse la devolución. La indicación de esta cuenta bancaria vinculará a las tres partes y la Hacienda Tributaria de Navarra no aceptará el cambio de la misma excepto que conste el consentimiento tanto del contribuyente como de la entidad financiera.

- El certificado con la cesión del futuro crédito ha de ser presentado a la Hacienda Tributaria para la toma de razón de la misma en sus bases de datos.

- Cuando llegue el momento de hacer la devolución, la HTN tiene que ingresarla en la cuenta bancaria indicada en la cesión. No obstante, si en ese momento existen deudas con el Gobierno de Navarra, se compensarán antes de ingresar el saldo en la cuenta bancaria.



Nota de prensa:

Si desea descargarse en formato PDF esta información completa pinche aquí .

Documentación:
Audio
Video
Convenio para facilitar el crédito a empresas y contribuyentes
Gobierno de Navarra

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