Atención Ciudadana
Tel.: 948 012012
012*
Horario:
De 8h a 19h de lunes a viernes.
E-mail: navarra@navarra.es
*Coste de la llamada: 0'34 euros independientemente de la duración.
El objetivo del acogimiento familiar es otorgar temporalmente a una persona o familia la guardia y custodia de un menor cuya familia no puede atenderle
Transcripción textual del video
-Apertura de un blog sobre Acogimiento Familiar Navarra, en euskera y castellano, en el que puedan participar las familias, la Asociación MAGALE, el Equipo del SAFAYA (servicio de atención y apoyo a familias tras la adopción y durante el acogimiento familiar), la Asociación Navarra Nuevo Futuro, educadores familiares, educadores del Programa de Educación de Adolescentes y profesionales de los Equipos de Atención a la Infancia y la Adolescencia, que pueda servir tanto para la promoción del acogimiento como para la formación de los agentes y el intercambio de buenas prácticas.
- Creación de un apartado en la página web del propio Departamento en el que se ofrezca información, enlaces a los demás recursos y acceso al procedimiento de solicitud.
-Puesta en marcha de una plataforma de formación para familias acogedoras a través de la red, con cursos sobre distintos aspectos clave para el éxito del acogimiento.
-Realización de conferencias, charlas, cursos, congresos, semanas culturales de localidades navarras, en colaboración con APyMAS de colegios, Unidades de Barrio, Ayuntamientos, Asociaciones de Mujeres, Colegio Oficial de Psicólogos…; organización de un curso, abierto a profesionales y familias; realización de un curso de formación para familias acogedoras por parte del equipo técnico; organización de un Congreso sobre Acogimiento Familiar, y asistencia y participación en cursos, jornadas y congresos organizados por otras entidades.
-Formación sobre este programa para los profesionales de los Servicios Sociales de Base y Unidades de Barrio, y profesionales de educación y salud.
-Edición de folletos, dípticos y trípticos para entregar en Servicios Sociales de Barrio, centros educativos, centros de salud, casas de cultura, etc. y de carteles publicitarios, marcapáginas y anuncios para los medios de comunicación.
En una 2ª fase, la campaña continuará con la programación y desarrollo de sesiones informativas con las familias interesadas.
La fase 3, se destina a la realización de cursos de formación previa al acogimiento familiar. Y la fase 4, a la valoración, selección y declaración de idoneidad de las familias solicitantes.
Características del acogimiento
El acogimiento se diferencia de la adopción en que ésta es una medida definitiva, que rompe los vínculos de filiación con los padres biológicos y establece nuevos vínculos de filiación con los padres adoptivos, con las mismas responsabilidades y deberes. La adopción se constituye por acto judicial y es irrevocable. En cambio, en el acogimiento no se rompen los vínculos de filiación. Es una medida temporal. Y el menor, si se considera adecuado para su bienestar, sigue manteniendo relación con los padres biológicos.
La familia acogedora debe haber solicitado ser familia acogedora y haber sido valorada como idónea por el Negociado de Acogimiento Familiar y Adopción Nacional de la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo.
Existen diversas modalidades de acogimiento. Según la duración prevista se habla de acogimiento simple, cuando se constituye para un plazo de tiempo determinado, mientras la familia biológica hace un trabajo de capacitación parental o de resolución de las dificultades que impedían la permanencia del menor con ella.
Se habla de acogimiento permanente, cuando por la naturaleza de las dificultades de la familia no se prevé un retorno del menor con ella en un plazo determinado.
Algunos datos sobre acogimientos
Se necesitan más familias de acogimiento, para poder seleccionar en cada momento la que se adecúe a las necesidades de los niños. En 2010 hubo 242 menores que necesitaron acogida y 196 familias que se ofrecieron para la acogida. En 2011 hubo 247 niños que requirieron acogimiento y 198 familias disponibles.
En 2011 el acogimiento en familia extensa (de familiares) era de 115 casos. De ellos el 71,88% de los casos eran valorado como acogimiento permanente (las circunstancias familiares no permiten prever el regreso del menor en un plazo determinado); en los 61 casos de acogimiento en familia ajena, un 70,11% era también permanente.
Requisitos para ser familia acogedora
La familia acogedora debera cumplir los siguientes requisitos:
1. Disposición a cuidar, temporalmente, a niños o niñas cuyas familias tienen dificultades para prestarles los cuidados necesarios.
2. Aceptación del acogimiento por parte de todos los miembros de la unidad familiar.
3. Respeto a la historia del niño/a con su familia de origen.
4. Estar dispuesto a favorecer la relación del niños/a con su familia de origen.
5. Flexibilidad, capacidad educativa y organizacional.
6. Aceptar el retorno del niño/a con su familia de origen.
Ayuda económica a las familias acogedoras
Va dirigida a facilitar que estas familias puedan afrontar los gastos
ordinarios y extraordinarios derivados del acogimiento. Para recibirla, la renta de la unidad familiar extensa no debe superar el 107,68% del SMI
establecido, incluida en ese cómputo la ayuda a percibir por el menor o
menores acogidos.
Para la familia acogedora ajena no existen requisitos específicos. Se recibe el 63,83% del SMI al mes (409 euros) por menor acogido, cuantía que podrá aumentarse hasta el 50% cuando el menor presente alguna discapacidad.
En supuestos de acogimientos múltiples en la misma familia se podrá aplicar un coeficiente reductor sobre la cuantía a conceder, consistente en el 0,75 para el segundo menor y 0,50 a partir del tercero.
En el supuesto de gastos inesperados producidos por situaciones de crisis o enfermedad o derivados de ortodoncia, tratamientos terapéuticos, ayudas técnicas de los menores acogidos, siempre que no sean asumidas por otros servicios públicos o privados, se concederán ayudas extraordinarias que cubrirán una parte importante del tratamiento.
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