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El Gobierno de Navarra aprueba el proyecto de Ley Foral con las medidas que permitirán ahorrar 25 millones en el capítulo de personal

miércoles, 23 de mayo de 2012


Está previsto que entren en vigor el 1 de julio, según contempla el texto remitido al Parlamento foral


El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy el proyecto de Ley Foral de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, que recoge entre otras la ampliación de la jornada de los empleados públicos o la jubilación obligatoria, con carácter general, a los 65 años. 

El proyecto, que será remitido al Parlamento para su aprobación, contempla que las medidas recogidas entren en vigor el 1 de julio y que la mayor parte estén vigentes hasta el 31 de diciembre. 

El Gobierno de Navarra ha adoptado ocho actuaciones que afectan a las condiciones de empleo, que se suman a otras cuatro de tipo organizativo aplicadas desde el pasado mes de febrero. Con ellas, el Gobierno de Navarra prevé ahorrar en torno a 25 millones de euros en el capítulo I (personal), que en 2011 supuso un gasto final de 1.156 millones de euros, frente a los 1.143 millones consignados en los presupuestos del ejercicio.

Estas medidas de gestión del gasto público están recogidas en el acuerdo suscrito entre UPN y PSN en cumplimiento del objetivo de déficit. Las recogidas en el proyecto de Ley, debatidas en la Mesa General, son las siguientes:

1.- Jubilación obligatoria a los 65 años, salvo excepciones (cuando no se haya generado derecho a pensión aunque solo hasta los 70 años, cuando sea imprescindible para la prestación de servicios o hasta la finalización del curso escolar en el caso del personal docente). Se concede un plazo de tres meses para que solicite la jubilación el personal mayor de 65 años que en la actualidad permanece en servicio activo (en caso contrario, se declarará de oficio).

2.- Suspensión de la paga por variables correspondiente al mes de vacaciones (trabajo en días festivos, en horario nocturno y guardias de presencia física y localizadas).

3.- Suspensión de la ayuda familiar para cónyuge o pareja estable que no perciba ingresos.

4.- Ampliación de la jornada de trabajo del personal de las Administraciones Públicas, conforme a las medidas adoptadas con carácter general para el sector público. Se establece la jornada anual de 1.628 horas de cómputo anual (1.592 en la actualidad) y su traslación de igual manera a las diferentes jornadas existentes (1.493 horas para quienes estén a turnos de mañana, tarde y noche; 1.548 para los de jornada flexible -guarderío forestal-; 1.571 para el turno fijo de noches; 1.590 para los de turno de mañanas y tardes con trabajo en domingos y festivos; y 1.605 horas para jornada partida con trabajo en domingos y festivos).

Cada administración podrá autoorganizarse y realizar la distribución del cómputo anual en función de sus necesidades. Para determinados colectivos o ámbitos cabe la negociación con la mesa correspondiente. El Gobierno de Navarra publicará una nueva orden foral de calendario para el régimen general.

5. Supresión de las dietas como indemnización por viaje motivado por razones de servicio. Solo se reintegrará el importe de los gastos justificados.

6. Limitación de prestaciones que no cubre la sanidad pública y que tienen reconocidas funcionarios acogidos al sistema de asistencia sanitaria “Uso especial”, como son la óptica y la odontología (límite de 200 euros por beneficiario y año natural). 

7. Medidas relativas a liberados sindicales: reducción del actual crédito horario sindical en un 10%; y abono exclusivo de variantes por calendario.

8. Medidas relativas a altos cargos: reducción del complemento personal para ex-altos cargos que son funcionarios, hasta el 10% del sueldo inicial de nivel de funcionario; cancelación de seguros de vida y accidentes; exclusión del servicio de asistencia sanitaria "uso especial" reservado a funcionarios; y supresión de la cotización a la seguridad social, que pasará a ser descontada de la nómina.

El contenido del proyecto de Ley Foral afecta tanto al personal estatutario como al laboral de la Administración Foral y sus organismos autónomos, dado que las condiciones de empleo de los segundos están equiparadas a las del personal funcionario. En el caso del personal laboral del resto de administraciones públicas, serán estas las que determinarán la aplicación.

El proyecto precisa también los puntos que afectan al personal laboral y a los altos cargos de las empresas públicas dependientes del Gobierno de Navarra, referentes a la jubilación obligatoria a los 65 años, supresión de dietas y el crédito sindical. En cuanto a la jornada de trabajo, se les aplicará lo previsto en el convenio colectivo que les resulte de aplicación.

Cuidado de hijos y traslados

El proyecto también incorpora acuerdos sin trascendencia económica alcanzados con anterioridad con representantes sindicales, relativos a la excedencia especial para el cuidado de un hijo o familiar (se podrán coger dos periodos de excedencia con una duración máxima de tres años; hasta ahora solo se podía solicitar la excedencia una sola vez); movilidad del personal administrativo (se realizarán concursos de traslados conjuntos de auxiliares y oficiales administrativos, dado que las funciones son similares, aunque los puestos sean de diferente nivel); y acoplamientos del personal del Servicio Navarro de Salud (personas a tiempo parcial podrán acceder a vacantes a tiempo completo). También se aplicará la normativa del Servicio Navarro de Salud en organismos autónomos del Departamento de Salud.


Nota de prensa:

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Documentación:
Medidas de tipo organizativo
Gobierno de Navarra

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