(ir al contenido)

Logotipo navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

Herramientas para el contenido

Compártelo

  • Meneame
  • Delicious
  • Twitter
  • Google
  • Facebook

contacto de esta sección

Atención Ciudadana
Tel.: 948 012012
         012*
Horario:
De 8h a 19h de lunes a viernes.
E-mail: navarra@navarra.es
*Coste de la llamada: 0'34 euros independientemente de la duración.

Ver más noticias de este día

El Observatorio del Comercio acuerda fijar en diez días la apertura de comercios en domingos y festivos viernes, 16 de noviembre de 2012


Así se recoge en el anteproyecto de Ley Foral elaborado por el Gobierno de Navarra, consensuado con los comerciantes


Imagen del centro comercial la Morea.

El Observatorio Navarro Asesor del Comercio Minorista ha acordado este mediodía informar favorablemente el anteproyecto de Ley Foral de modificación de la ley reguladora del comercio en materia de horarios y apertura de domingos y festivos. El acuerdo, adoptado por la necesidad de adaptar la normativa de Navarra al Real Decreto Ley aprobado por el Gobierno central el pasado de 13 de julio, establece que el horario comercial en la Comunidad Foral pase de 72 horas a 90 horas semanales (en días laborables) y que se eleve de 8 a 10 días anuales los autorizados a abrir en domingos y festivos. Cabe reseñar que 10 días es el mínimo autorizado y establecido por la normativa básica. El acuerdo se ha adoptado con el voto a favor de 16 representantes del Observatorio y la oposición de los tres representantes sindicales.

La sesión del Observatorio ha sido presidida por el vicepresidente segundo y consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, Juan Luis Sánchez de Muniáin. 

También se ha informado favorablemente el calendario de apertura de domingos y festivos para 2013 presentado el Gobierno de Navarra, de acuerdo a la propuesta realizada por la Comisión de Comercio de la Confederación de Empresarios de Navarra, que representa a la mayor parte del sector empresarial. Los días previstos son: 7 y 13 de enero, 28 de marzo, 1 de septiembre, 12 de octubre, 1 de noviembre, además del 3, 6 y 22 de diciembre. En el caso de Pamplona, el festivo local será el 29 de noviembre. 

El Observatorio ha resuelto asimismo instar al Gobierno a que tramite la Ley y el calendario de la forma más rápida posible, dada la urgencia de proceder a la aprobación de los calendarios por parte de los distintos operadores.

Modificación de la Ley

Como se ha indicado, la modificación de la Ley reguladora del Comercio tiene su origen en el Real Decreto Ley nacional de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad. Este Real Decreto Ley, aprobado el 13 de julio, contempló diversas medidas de liberalización comercial a través de la modificación de la normativa estatal reguladora de la materia.

En concreto, el Real Decreto estableció el número de horas semanales en 90 y el número mínimo de domingos y festivos de apertura en 16, pudiendo las Comunidades Autónomas incrementarlo o reducirlo, sin que en ningún caso se pueda limitar por debajo de 10.

Por tratarse de una norma básica, Navarra tiene que proceder a la adaptación de la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, normativa foral reguladora del comercio en Navarra.

Según el texto informado por el Observatorio, el horario de apertura y cierre de los establecimientos comerciales en días laborables, con una jornada comercial máxima de quince horas, será fijado libremente por cada comerciante, sin perjuicio de los derechos reconocidos a los trabajadores en el régimen laboral. El horario global en que los comercios podrán desarrollar su actividad durante el conjunto de días laborables de la semana no podrá superar las 90 horas.

Por lo que respecta a los domingos y festivos, se añade que el número de los que se consideren hábiles será de 10 y tendrán una jornada máxima de quince horas, fijada libremente por el comerciante sin perjuicio de los derechos reconocidos a los trabajadores en el régimen laboral. Anualmente el Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales establecerá, previa audiencia del Consejo de Comercio de Navarra, el calendario que regirá al año siguiente. El Departamento podrá variar este calendario, previa solicitud motivada y presentada con una antelación de dos meses por los Ayuntamientos interesados para sus respectivos términos municipales.

Propuesta de la Comisión de Comercio

El Gobierno de Navarra había recibido previamente un acuerdo unánime de la Comisión de Comercio de la CEN, en la que están representados de forma absolutamente mayoritaria el sector empresarial del comercio.

Tras considerar los legítimos intereses empresariales de cada uno de los operadores miembros de la Comisión, así como las distintas realidades existentes en materia de legislación laboral, además del interés, compartido por todas las partes de compaginar la vida familiar y laboral de las personas que trabajan en el sector, las entidades firmantes han acordado aplicar en los próximos tres años una serie de criterios para la determinación de los 10 días de apertura en domingos y festivos.

El primero de ellos es la apertura de un domingo o festivo al mes, excepto los meses de enero y diciembre, que podrán ser dos. El segundo criterio es la apertura de un máximo de tres domingos al año, aunque excepcionalmente, y siempre que exista unanimidad entre los componentes de la Mesa, este número de días podrá aumentarse a cuatro. El tercero es la imposibilidad de apertura durante dos domingos consecutivos. El cuarto criterio es la apertura de la fiesta local que corresponda, o día sustitutivo (con posibilidad de que coincidan dos días de apertura en un mismo mes). Por último, se establece que, excepcionalmente y siempre que exista unanimidad, se pueda aumentar a tres la propuesta de días de apertura en diciembre.

En el mismo acuerdo, deciden proponer al Gobierno el calendario para 2013, que coincide con el ya indicado.

Finalmente, el acuerdo de la CEN solicita la modificación de la composición del Observatorio Asesor del Comercio Minorista, en el sentido de reducir en el mismo la presencia de la representación de los distintos órganos de la Administración, aumentando al tiempo la representación empresarial, de forma que se obtenga un equilibrio entre los intereses que dicho organismo debe incluir.

En la sesión de esta mañana, el Observatorio ha informado favorablemente el calendario para 2013 citado con anterioridad, que será aprobado por el Gobierno una vez entre en vigor la modificación de la Ley reguladora del Comercio.

Nota de prensa:

Si desea descargarse en formato PDF esta información completa pinche aquí .

Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web