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Esta medida supondrá un ahorro de 300.000 euros en los gastos de personal
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un acuerdo por el que mantiene para el año 2013 la reducción de un 10% del crédito horario sindical de las organizaciones sindicales en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, tal y como se ha hecho en 2012.
La medida supone un ahorro estimado de 300.000 euros en los gastos de personal, derivados de la disminución en el citado porcentaje de las sustituciones a representantes sindicales que han sido dispensados totalmente para el trabajo, que requieren en torno a 3 millones de euros anuales.
Se trata de la primera de las siete medidas de ahorro en materia de personal de las administraciones públicas adoptadas en 2012 cuya aplicación el Gobierno de Navarra quiere extender al año 2013, dado que “no han variado las circunstancias que motivaron su aprobación”.
Como se recordará, cuatro de ellas (jubilación obligatoria a los 65 años, suspensión de la paga por variables correspondiente al mes de vacaciones, suspensión de la ayuda familiar para cónyuge o pareja sin ingresos y reducción del complemento para ex altos cargos funcionarios) precisan de la aprobación de una ley foral. La prolongación de la jornada y la limitación de prestaciones a empleados acogidos al sistema sanitario “Uso especial” requieren la aprobación de un decreto foral. En su sesión de hoy, el Gobierno de Navarra ha aprobado hoy la toma en consideración de los proyectos de decreto foral, para su revisión e informe por parte del Consejo de Navarra.
Transferencias entre unidadesEl crédito horario de los representantes del personal en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos está regulado en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
La normativa establece que el crédito horario de los miembros de las Comisiones de Personal, así como el reconocido con carácter general a las organizaciones sindicales en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, podrá ser objeto de ampliación a través de la negociación colectiva.
Con el acuedo aprobado hoy, se superan los mínimos establecidos por la mencionada legislación foral y estatal, pero conlleva la suspensión parcial del acuerdo de ampliación del crédito horario sindical suscrito en 1994, así como de otros acuerdos complementarios o sectoriales.
Para posibilitar la aplicación de esta reducción del 10%, las organizaciones sindicales podrán realizar transferencias de su crédito horario entre las diferentes unidades electorales sin límite.
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