Atención Ciudadana
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La sentencia indica que se trata de una actividad sanitaria que requiere dicha autorización y debe realizarse bajo supervisión médica
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Pamplona ha declarado ajustada a Derecho una sanción impuesta por el Departamento de Salud a la titular de un establecimiento donde se practicaba acupuntura sin haber obtenido la autorización administrativa de centro sanitario.
La sentencia confirma cómo válida la argumentación de Salud en el expediente sancionador, relativa a que el ejercicio de la acupuntura es una actividad sanitaria y, por lo tanto, para su desarrollo la legislación requiere una autorización expresa previa de centro sanitario. Además, la sentencia indica que el ejercicio de esta actividad deberá realizarse bajo la supervisión de un médico.
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