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Reguladas las funciones y composición de la Junta de valoración de bienes del Patrimonio cultural de Navarra miércoles, 30 de abril de 2014


Se encargará de tasar los bienes culturales objeto de donaciones y herencias en favor de la administración, o de la dación en pago de deudas contraídas con Hacienda, entre otros


El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy la composición, organización y funcionamiento de la Junta de valoración de bienes del Patrimonio cultural de Navarra, órgano encargado de la tasación económica de los bienes culturales que adquiera o reciba el Gobierno de Navarra o que por cualquier motivo sean solicitados por la administración por las entidades locales.

Se trata de un órgano colegiado, dependiente del Departamento de Cultura y Turismo, que se encargará fundamentalmente de valorar económicamente y emitir informes en los siguientes casos:

-Bienes que la Administración vaya a adquirir por un valor superior a los 100.000 euros en el caso de bienes inmuebles, y de 15.000 euros si se trata de bienes muebles.

-El ejercicio de los derechos de tanteo y retracto.

-La aceptación de herencias, donaciones o legados a favor de la Administración.

-Bienes culturales objeto de dación en pago de deudas contraídas con la Hacienda de la Comunidad Foral.

-Bienes objeto de donación o de préstamo de uso; si se trata de bienes que no formen parte del Patrimonio Cultural de Navarra, valorará la suficiencia de la calidad de la obra.

-Valoración de daños que se causen al Patrimonio Cultural, para la tramitación de posibles procedimientos sancionadores.

En general, se encargará de realizar cuantas valoraciones e informes sobre bienes culturales le sean solicitados por la Administración de la Comunidad Foral o las entidades locales.

Formada por 7 miembros

La Junta de valoración estará compuesta por un presidente, que será el titular de la Dirección General de Cultura, y seis vocales, nombrados por el consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales para un periodo de cuatro años. De ellos, dos serán funcionarios de la Dirección General de Cultura, otros dos, de la Hacienda Tributaria de Navarra, y dos vocales más se designarán entre personas de reconocida competencia y con experiencia personal en el ámbito de la valoración de bienes culturales. Además, contará con la asistencia de un secretario, que será un técnico de administración pública (rama jurídica).

Las reuniones de la Junta serán convocadas por su presidente, y sus acuerdos se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes. Asimismo, podrán participar en las reuniones especialistas en la materia, por decisión del presidente, cuando su presencia esté justificada por la especial naturaleza del bien objeto de valoración o informe. Excepcionalmente se podrá solicitar la emisión de informes y estudios a instituciones o especialistas. El plazo para las resoluciones será de tres meses contados a partir de la recepción de la solicitud.

Las solicitudes de valoración o informe se realizarán ante la Dirección General de Cultura, por la persona o entidad interesada, acompañadas de toda la información y documentación necesaria, que en el caso de los bienes muebles incluirá una descripción detallada del bien, fotografías recientes, curriculum profesional del autor cuando proceda, y cualquier otro dato o circunstancia necesaria para la valoración.

En el caso de inmuebles, la documentación incluirá, además, la cédula parcelaria correspondiente, información del registro de la propiedad, contratos de arrendamiento y documentos justificativos de las cargas o gravamen que pudieran pesar sobre el bien, normativa urbanística, y cédula de habitabilidad, entre otros.


Nota de prensa:

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