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Los mayores y discapacitados que necesiten sujeciones en residencias serán supervisados al menos cada tres horas

viernes, 16 de mayo de 2014


El Gobierno de Navarra ha aprobado un protocolo regula el uso y control de sujeciones en estos centros, así como la administración de fármacos psicotrópicos y el empleo de barandillas


El Boletín Oficial de Navarra publica hoy viernes, 16 de mayo, un protocolo que establece que las residencias deberán supervisar al menos cada tres horas a los mayores y personas con discapacidad que requieran sujeciones.

Esta norma, que está regulada por una orden foral del consejero de Políticas Sociales, Íñigo Alli, también hace referencia al uso de barandillas y a la administración de fármacos psicotrópicos. Este protocolo podrá ser ampliado y mejorado por cada centro, siempre que cuente con el visto bueno del Gobierno de Navarra. Su objetivo es conseguir un empleo racional y justificado de estas medidas, que deben ser el último recurso tras haber agotado otras posibilidades.

Cabe recordar que la Ley Foral de Servicios Sociales establece como uno de los derechos de las personas usuarias de servicios residenciales no ser sometidas a ningún tipo de inmovilización o de restricción física o tratamiento farmacológico sin prescripción facultativa y supervisión, salvo que exista peligro inminente para la seguridad física de la persona usuaria o de terceros.

Respecto a regulaciones anteriores, este protocolo introduce novedades en cuanto al control de las sujeciones, distinguiendo entre aquellas que son prescritas por un facultativo y las empleadas de modo excepcional para evitar daños graves de forma inminente a la propia persona o a terceros.

De este modo, en cuanto a las sujeciones con prescripción, cada tres horas, excluidas las de sueño, los profesionales deberán comprobar y registrar el estado de ánimo del usuario, posibles rigideces musculares, necesidad de ir al baño o la existencia de posturas perjudiciales. Además, para prevenir su sufrimiento o deterioro funcional, se deberán realizar cambios posturales cada dos o tres horas, ejercicios de fisioterapia y actividades ocupacionales, entre otras actividades.

Si la sujeción se ha empleado de modo excepcional, se deberá vigilar al usuario cada hora durante las primeras 48 horas. Transcurrido este plazo, se llevará a cabo el procedimiento establecido para las sujeciones con prescripción.

Psicotrópicos, barandillas y registros

El protocolo también hace referencia al uso de fármacos psicotrópicos y de barandillas. Respecto a los primeros, se realizará un seguimiento documentado de la conducta, del estado de ánimo y de la función cognitiva de la persona objeto del tratamiento.

Por su parte, las barandillas deberán estar homologadas y dotadas de garantías que impidan que la cabeza de la persona pueda quedar atrapada, entre otros requisitos. Asimismo deberán revisarse como mínimo una vez al año y cada centro elaborará su propio protocolo de uso y mantenimiento que garantice la seguridad de su utilización.

Finalmente, el empleo de cualquier tipo de sujeción, la administración de fármacos psicotrópicos y el uso de barandillas deberá inscribirse en un registro específico y anotarse en el plan de atención individualizada de la persona relacionada.


Nota de prensa:

Si desea descargarse en formato PDF esta información completa pinche aquí .

Gobierno de Navarra

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