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Concretada la delimitación del conjunto histórico-artístico del casco antiguo de Pamplona miércoles, 02 de julio de 2014


Obedece a una petición del Ayuntamiento por la modificación del urbanismo, el descubrimiento de restos arqueológicos, y la publicación de nuevas normativas


Arriba, imagen de 1968. Abajo, la actual. ( ampliar imagen )

El Gobierno de Navarra ha adoptado un acuerdo por el que se concreta la delimitación del conjunto histórico-artístico del casco antiguo de Pamplona (cuya declaración data de 1968), que obedece a una petición del Ayuntamiento de la capital navarra debido a la modificación del urbanismo, al descubrimiento de nuevos restos arqueológicos, y a la publicación de nuevas normativas, entre otros factores.

El decreto del año 1968 indica que el conjunto histórico-artístico del casco antiguo de Pamplona comprende cuatro zonas: zona histórico-artística propiamente dicha: que incluye el casco de la ciudad antigua ampliado en los baluartes y con la Ciudadela; zona de respeto: el sector edificado emplazado en el casco antiguo y la Ciudadela (primer ensanche); zonas de ordenación especial; y zonas verdes.

Posteriormente, se aprobaron otras normas que protegían partes que ahora es preciso incluir en una normativa global. Entre otras, destacan la declaración de monumento histórico-artístico de la Ciudadela (1973), y la delimitación del entorno de protección de las murallas y de la Ciudadela (1998).

Además, cabe destacar que en fechas posteriores han ido apareciendo restos de muralla en sectores sobre los que se han realizado obras de equipamientos públicos, como los aparcamientos de las avenidas de de Roncesvalles y Carlos III, que han permitido determinar con cierta exactitud el trazado original de la muralla sur de Pamplona, sin que se haya previsto su protección de forma adecuada.

También en el año 2000, el Gobierno de Navarra aprobó un Decreto Foral por el que delimitaba como bien de interés cultural de la Ciudadela la zona que protege el baluarte de San Antón, que había sido descubierto en fechas recientes.

Así, el acuerdo aprobado hoy concreta y describe detalladamente este conjunto histórico-artístico, que queda delimitado de la siguiente manera:

Por la calle Yanguas y Miranda, en el tramo comprendido entre la plaza de la Paz y la plaza de los Fueros, por la acera de los números pares. De la plaza de los Fueros se continúa por la acera de la Vuelta del Castillo hasta su intersección con la plaza de Juan XXIII; por el eje de la cuesta de Larraina hasta la avenida de Guipúzcoa y de allí cruza a la orilla izquierda del río Arga.

Por allí, hasta el puente del Vergel, continuando por el lateral de la calzada de la calle Vergel hasta el baluarte de Labrit, donde cruza la calle Vergel; por el contorno oriental de la parcela 1089 del polígono 6 y por la línea del talud orientado hacia el río del baluarte de San Bartolomé a la intersección con la calle Arrieta; por el eje de ésta al eje de la calle Aralar, hasta el lateral de la parcela 25 del polígono 2; por detrás de esta parcela hasta la calle de bajada al antiguo molino de Caparroso y a la calle Juan de Labrit.

Continúa por el límite de la calzada de la calle Juan de Labrit, y por la acera de la calle Duque de Ahumada; de ahí cruza la avenida de Carlos III para rodear las fachadas del Palacio de Navarra hacia esa avenida y hacia la plaza del Castillo; de la fachada del palacio de Navarra por la acera del paseo de Sarasate hasta la calle Yanguas y Miranda; cruza esta calle hasta la acera opuesta, y por la acera de la fachada lateral del edificio del Parlamento y luego por el eje de la calle Yanguas y Miranda hasta la acera de la plaza de la Paz.


Nota de prensa:

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